Hoy se cumplen 45 años desde la entrada en vigencia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La Convención es uno de los pilares centrales del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Contiene un amplio catálogo de derechos protegidos y diferentes obligaciones estatales para garantizarlos. Su sistema de casos ante la Comisión Interamericana (CIDH) y ante la Corte Interamericana se ha convertido en una herramienta de radical importancia para la protección de derechos humanos en la región. Ambos organismos, a su vez, han tenido actuaciones valiosas y encomiables en nuestro país.

En el Ministerio Público de la Defensa (MPD), la Sra. Defensora General de la Nación, Dra. Stella Maris Martínez, cuenta con el Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos como una de las áreas de colaboración (ley 27.149, art. 10). Este programa tiene como principal tarea gestionar los casos que el organismo patrocina ante los sistemas internacionales de derechos humanos y la de brindar asistencia técnica a integrantes del MPD para favorecer la implementación de los estándares internacionales en su labor cotidiana.

Desde el programa, la Sra. Defensora General de la Nación ha intervenido en numerosos casos ante la Comisión y la Corte Interamericana. También ha ofrecido asesoramiento para que numerosos peticionarios accedan personalmente en resguardo de sus derechos. Este trabajo no sólo se ha desarrollado a través de modalidades contenciosas sino también mediante el uso de mecanismos de solución amistosa. Esa intervención internacional se realiza con una perspectiva estratégica, a fin de obtener justicia en el caso concreto y medidas de alcance general que eviten la repetición de hechos violatorios de los derechos humanos. 

A modo de ejemplos, a partir de este trabajo se generaron estándares en la Corte Interamericana para prohibir la aplicación de penas perpetuas a niños y adolescentes en el país, para garantizar la revisión integral de los fallos condenatorios (“Mendoza y otros vs. Argentina”) y para evitar detenciones ilegales y arbitrarias (“Fernández Prieto y Tumbeiro vs. Argentina”). A su vez, ante la Comisión Interamericana se obtuvieron decisiones de fondo sobre el derecho al recurso y sobre el derecho de defensa (“Marcos Martín vs. Argentina” y “Pazo vs. Argentina”), así como acuerdos de solución amistosa frente a afectación de garantías penales, estereotipos de género y derechos económicos, sociales y culturales (“M.G.C. y S.B.C vs. Argentina” y “Ramos Rocha vs. Argentina”).

También existen diálogos de cumplimiento con autoridades estatales nacionales y provinciales, así como numerosos casos aún en trámite sobre debido proceso legal, integridad y libertad personales, principio de igualdad y no discriminación, protección de grupos específicos, entre otros.

Desde el programa, la Sra. Defensora General además participa activamente en los procesos de opiniones consultivas ante la Corte Interamericana, con la remisión de aportes especializados basados en la experiencia de las áreas del MPD (“OC 24/17” y “OC 29/22”). Esa misma participación ha tenido lugar en informes temáticos producidos por la Comisión Interamericana. Ante la CIDH, también se ha apostado por el uso de herramientas como las medidas cautelares frente a situaciones de gravedad, urgencia y riesgo irreparable.

A 45 años de la vigencia de la Convención Americana, el MPD ratifica su compromiso con el Sistema Interamericano, con el trabajo de sus órganos de protección y con una defensa pública autónoma, orientada hacia la protección de los derechos de quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad