Si sos usuario/a de servicios de salud mental o conocés a una persona que los utiliza, ya sea de manera voluntaria o involuntaria, y querés que se protejan tus/sus derechos fundamentales, podés acercar tu caso a los equipos de abogados/as del MPD.
Defensorías Públicas de Menores e Incapaces*
Respecto a personas a las que una sentencia judicial haya limitado o restringido su capacidad jurídica y, en consecuencia, haya designado apoyos o curadores y establecido salvaguardias, estas dependencias:
• brindan protección integral a sus derechos;
• intervienen ante la ausencia o inacción de sus representantes cuando estén comprometidos sus derechos económicos, sociales y culturales;
• son parte en todo expediente que se forme respecto a ellas en el ámbito civil, comercial, laboral y penal, tanto si ocupan el lugar de autor o víctima de delito.
• garantizan su derecho de acceso a la justicia teniendo en cuenta su voluntad y preferencias, promoviendo su autonomía y asegurando su no discriminación;
• visitan las instituciones donde se encuentren alojadas para controlar que se respeten sus derechos.
*Estas dependencias solo actúan en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. +info
Defensorías Públicas Curadurías*
En los procesos judiciales referentes al ejercicio de la capacidad jurídica e implementación de sistemas de apoyos y salvaguardias, estas dependencias:
• ejercen la defensa de las personas involucradas para garantizar su derecho a ser oída, debidamente informada y a participar en el proceso, incluso mediante ajustes de procedimiento;
• brindan apoyo o ejercen la curatela de la persona involucrada conforme los actos comprendidos en la sentencia que haya limitado o restringido su capacidad jurídica;
• impulsan la revisión judicial de las sentencias que limitan o restringen la capacidad jurídica de la persona y que establecen apoyos y salvaguardias, en un plazo no superior a tres años desde que fue dictada;
• ejercen su función teniendo en cuenta la voluntad y preferencias de la persona involucrada, promoviendo su autonomía y asegurando su derecho a la igualdad y no discriminación.
*Estas dependencias solo actúan en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. +info
Servicios de defensa de personas internadas en forma involuntaria por motivos de salud mental y que no se encuentran bajo proceso de determinación del ejercicio de su capacidad jurídica*:
• Unidad de Letrados art. 22 Ley 26.657 (Personas Mayores de Edad) +info
• Unidad de Letrados art. 22 Ley 26.657 (Personas Menores de Edad) +info
• Unidad de Letrados de Salud Mental (Penal) +info
Estos equipos ejercen la asistencia técnica respetando la autonomía, la voluntad, los deseos y preferencias de la persona internada.
Pueden oponerse a la internación, solicitar que cese la internación y requerir mejoras en las condiciones de internación y tratamiento.
En casos en que no pueda comprenderse la voluntad de la persona internada, procuran que las condiciones generales de la internación respeten las garantías exigidas por la legislación de salud mental.
Mantienen entrevistas confidenciales y privadas con la persona asistida en cualquier momento, en los establecimientos públicos y privados donde se desarrolla su internación.
Ingresan a los establecimientos sin necesidad de autorización previa y acceden de igual manera a toda documentación relativa a la persona defendida que esté en poder de las instituciones.
*Estas dependencias solo actúan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Órgano de Revisión de la Ley de Salud Mental*
Respecto de las personas usuarias del sistema de salud mental, el Órgano de Revisión:
• garantiza el cumplimiento de sus derechos humanos al igual que las dependencias mencionadas;
• evalúa las condiciones en las que las instituciones, tanto públicas como privadas, brindan los tratamientos ambulatorios y servicios de internación;
• en caso de una internación involuntaria, controla su pertinencia y que se desarrolle durante el tiempo mínimo necesario;
• puede denunciar irregularidades y apelar las decisiones judiciales relacionadas a las internaciones involuntarias.
*Esta dependencia actúa en todo el territorio nacional. +info
