En el día de ayer, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) notificó la Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas en el caso Fernández Prieto y Tumbeiro Vs. Argentina, en el que la defensora general de la Nación, Dra. Stella Maris Martínez, intervino como representante legal de las víctimas ante el Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos (SIDH).
La Corte IDH encontró al Estado argentino responsable por la violación de los derechos a la libertad personal, protección de la honra y de la dignidad, y a las garantías judiciales y protección judicial de los señores Carlos Alberto Fernández Prieto y Carlos Alejandro Tumbeiro, así como del derecho a la igualdad ante la ley y la prohibición de discriminación, en perjuicio de este último.
Es por ello que la Corte ordenó diversas medidas de reparación al Estado, entre otras: “1) adecuar su ordenamiento interno de acuerdo a lo señalado en la Sentencia, de forma tal que se evite la arbitrariedad en los supuestos de detención, requisa corporal o registro de un vehículo; 2) implementar un plan de capacitación de los cuerpos policiales de la Provincia de Buenos Aires y de la Policía Federal Argentina, el Ministerio Público y el Poder Judicial, incluyendo información sobre la prohibición de fundamentar las detenciones sobre fórmulas dogmáticas y estereotipadas; y 3) la producción de estadísticas oficiales respecto a la actuación de las Fuerzas de Seguridad en materia de detenciones, registros y requisas”.
Cabe resaltar que se trata de la segunda vez en que el máximo tribunal regional de derechos humanos declara la responsabilidad internacional de nuestro país en un caso en el que la representación de las víctimas fue ejercida, en forma autónoma y desde el inicio de las actuaciones, por la defensa pública. La primera fue en el caso “Mendoza y otros (Prisión y reclusión perpetua de adolescentes) vs. Argentina” (2013).
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