El pasado 11 de octubre culminó el trámite legislativo que aprobó el proyecto de la Ley Olimpia, que modifica a la Ley 26485 -de Protección Integral a las Mujeres para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia de Género- incorporando a los espacios digitales como una de las modalidades o formas en que se manifiestan los distintos tipos de violencia contra las mujeres.
Desde el Ministerio Público de la Defensa (MPD) celebramos este avance en la protección de los derechos humanos de las mujeres y recordamos un caso reciente en el que el Programa de Asistencia y Patrocinio Especializado en Violencia de Género aplicó la perspectiva de que “lo virtual es real” en la defensa de una mujer que atravesaba una situación de violencia de género digital.
En el marco de esta nueva norma, la violencia digital o en línea queda definida como “aquella que se ejerce mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), y que implique la obtención, reproducción y difusión por cualquier medio de datos personales, material digital real o simulado, íntimo o de desnudez de las mujeres, sin su consentimiento, discursos de odio de género, patrones estereotipados sexistas, o que impliquen situaciones de acoso, amenaza, extorsión o control virtual, o acciones que atenten contra la integridad sexual o identidad digital de las mujeres a través de las TIC, así como cualquier otra que pueda surgir a futuro ejercida por este medio, que afecte los derechos protegidos de la presente ley.”
Además, entre las políticas públicas que debe implementar el Estado para cumplir con la prevención de la violencia, la Ley Olimpia prevé promover programas de alfabetización digital y buenas prácticas en el uso de las TIC.
Otra importante modificación es que a las medidas preventivas urgentes incluidas en la Ley 26485 se suma la posibilidad de ordenar a los proveedores de servicios digitales la supresión de contenidos que constituyan un ejercicio de la violencia de género.
La norma se conoce como Ley Olimpia por la mexicana Olimpia Coral Melo, quien fue víctima de la difusión de imágenes íntimas y a partir de su activismo se sancionó de una ley similar en su país.
Por otra parte, cabe recordar que, a partir del crecimiento de casos en los que es urgente protección de personas afectadas por la violencia o discriminación por razones de género, en particular mujeres y personas del colectivo LGBTI, la Defensora General de la Nación, Dra. Stella Maris Martínez, creó en 2022 nuevas Unidades de Letrados Móviles y amplió la competencia del Equipo Acceder, que atiende de manera presencial en los barrios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para este tipo de casos. De esta manera, se robusteció el trabajo que diariamente realizan las Defensorías Públicas Oficiales.
Esa iniciativa se suma a la función que ejerce el MPD de brindar patrocinio jurídico gratuito aplicando estrategias de defensa con perspectiva de género mediante distintas áreas, como la Comisión sobre Temáticas de Género y el Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos.