¿Qué es el Protocolo de actuación para la prevención y la intervención en casos de discriminación por motivos de género? 

Es un instrumento normativo interno del Ministerio Público de la Defensa que se creó con el fin de prevenir e intervenir en casos de discriminación y violencia por motivos de género que se den dentro de la institución.

Su objetivo es garantizar un ambiente laboral libre de discriminación y violencia, promoviendo acciones de prevención, orientación, abordaje y erradicación de la discriminación por motivos de género.  

 

¿Qué es la discriminación por motivos de género según el Protocolo? 

Se consideran hechos de discriminación y violencia por motivos de género a aquellas acciones u omisiones que excluyan, degraden u ofendan a las personas en razón de su sexo, género, identidad o expresión de género u orientación sexual, y restrinjan, limiten o anulen el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos. Incluye la violencia dispuesta de conformidad con la ley 26.485 y los alcances de la 26.743, el acoso sexual, el acoso laboral y cualquier forma de degradación, intimidación o conducta hostil basada en motivos de género. 

¿A quién protege el Protocolo?

Protege a todo el personal del Ministerio Público de la Defensa que sufra discriminación por motivos de género, tanto magistrados/as, funcionarios/as, empleados/as.  

Si sos testigo de una situación de maltrato, podés consultar a la Comisión. 

El programa se comunicará para tener una entrevista, que se concretará si la víctima así lo desea.

 

¿Qué puedo hacer para saber si estoy sufriendo violencia o discriminación por motivos de género? 

El primer paso para detener la violencia, discriminación, hostigamiento o acoso laboral es detectarlo. Si pensás que vos o alguien puede estar sufriendo discriminación, violencia, hostigamiento o acoso en la oficina por ser mujer, lesbiana, gay, travesti trans, bisexual o no binarix, podés comunicarte de manera CONFIDENCIAL con la Comisión sobre Temáticas de Género.

Es importante que sepas que por el hecho de realizar una consulta no estás iniciando una denuncia. Solo si luego de ser escuchada/o y asesorado/a decidís presentar la denuncia, se puede avanzar en ese sentido. 

TODA CONSULTA Y TRÁMITE VINCULADOS CON EL PROTOCOLO SON ABSOLUTAMENTE CONFIDENCIALES 

 

¿La consulta o la denuncia es confidencial?

, el Protocolo establece que la persona que consulte o denuncie debe ser tratada con RESPETO, NO REVICTIMIZACIÓN y la información que brinde es absolutamente CONFIDENCIAL. Va a tener derecho a la protección de los datos personales y a que se mantenga bajo resguardo tanto su identidad como el contenido de la denuncia. La comunicación pública e indiscriminada de esta información será considerada falta grave. 

Cuando se trata de discriminación o violencia laboral de género, no hay consulta que sea “poco importante”. Escribinos a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

 

¿Puedo hacer la consulta y no realizar la denuncia?

SI, podes contactarte con la Comisión sobre Temática de Género de la DGN para contarles tu situación y te brindarán información sobre las situaciones alcanzadas por el Protocolo, los procedimientos disponibles y la posibilidad de solicitar medidas de protección. Toda la información aportada se encontrará abarcada por el secreto profesional.  

Quienes vamos a recibir tu consulta o denuncia trabajamos permanentemente en las temáticas de violencia de género y discriminación. Estamos para escucharte. 

 

¿Qué puedo hacer si soy testigo de un caso de discriminación por motivos de género?

Podés comunicarte con la Comisión sobre Temáticas de Género, realizar tu consulta respecto a la situación que está ocurriendo en tu dependencia y asesorarte. La Comisión se podrá poner en contacto con la presunta persona afectada, se le hará saber que se ha tomado conocimiento de los hechos y se le brindará información respecto al Protocolo junto con la posibilidad de tener una entrevista totalmente confidencial. 

 

¿Qué pasa si decido denunciar? 

Una vez que hayas recibido asesoramiento y hayas tomado la decisión de presentar la denuncia, se seguirá el trámite previsto en el Régimen Jurídico para los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Ministerio Público de la Defensa de la Nación, con los ajustes previstos por el Protocolo, que buscan asegurar la inclusión de un enfoque de género en el trámite y evitar la revictimización. 

Cuando se trate de casos relativos a discriminación por motivo de género y la denunciante fuere una mujer, en la recepción de la denuncia deberá intervenir una persona de su mismo sexo, con especial capacitación en la temática. 

En la diligencia de presentación de la denuncia podrá ser acompañada por un/a abogado/a de la Comisión sobre Temáticas de Género. 

La Comisión sobre Temáticas de Género podrá elaborar un informe que acompañe la denuncia, en el que exponga las circunstancias más relevantes denunciadas, la valoración de los derechos afectados, la prueba que considera útil producir, las medidas de protección pertinentes, y cualquier otra sugerencia que sea adecuada para la tramitación del caso. 

Entre otras cuestiones, el protocolo también señala que la persona que consulte o denuncie debe ser tratada con dignidad y se debe respetar la confidencialidad. Se debe evitar que la víctima reitere el relato de los hechos y exámenes médicos y psicológicos innecesarios, y se debe proveer atención inmediata, de modo de no someter a la persona denunciante a demoras o derivaciones inconducentes o innecesarias. 

 

¿Tengo alguna licencia especial ante estos casos? 

SI, la persona que sufra violencia de género y deba ausentarse por tal motivo, ya sea en toda la jornada laboral o en parte de ella, podrá justificar su inasistencia hasta un máximo de 10 días, en forma continua o discontinua, prorrogable, cuando mediaren circunstancias excepcionales. La licencia será con goce de haberes. 

 

Si presento una denuncia, ¿puedo solicitar alguna medida de protección?

En cualquier momento del proceso, la persona denunciante, los/as testigos o la Comisión sobre Temáticas de Género podrán requerir a la autoridad de aplicación, por intermedio de la Oficina de Sumarios, la adopción de medidas de protección para la persona denunciante o los/as testigos ofrecidos/as en la investigación. Esas medidas pueden ser dispuestas para hacer cesar la situación de discriminación denunciada, para evitar represalias como consecuencia de la denuncia y para garantizar el normal desarrollo del procedimiento. 

 

¿Puedo estar acompañada durante el trámite?  

SI, tenés derecho a ser acompañada por una persona de tu confianza tanto en la denuncia como en cualquier otro acto del procedimiento, con fines de contención. 

 

SI SUFRÍS O SOS TESTIGO DE UNA SITUACIÓN DE DISCRIMACIÓN, VIOLENCIA, HOSTIGAMIENTO O ACOSO POR MOTIVOS DE GÉNERO DENTRO DEL MPD Y NECESITÁS AYUDA, NO DUDES EN PEDIRLA. 

Para asesoramiento y consultas podes contactarte con la Comisión sobre Temáticas de Género telefónicamente al (011) 5070-3216 o escribirnos a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..