El Día Internacional de las Víctimas de Desaparición Forzada se conmemora todos los 30 de agosto desde el año 2010 por decisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en coincidencia con la entrada en vigor de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.

Una persona sufre una desaparición forzada cuando es privada de la libertad por parte de agentes estatales de cualquier sector o nivel, de grupos organizados o particulares que actúan en nombre del Estado o con su apoyo directo o indirecto, su autorización o su asentimiento, y luego se niegan a revelar el paradero de esa persona o a reconocer que está privada de la libertad, quitándole así toda protección legal.

Frente a la gravedad de los hechos y a la violación de derechos humanos fundamentales que implica la comisión de este tipo de delitos, resulta necesario que el Estado brinde una respuesta contundente. Por eso, desde 2017, a partir de la vigencia de la Ley 27.372 de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos, la Defensoría General de la Nación (DGN) representa a las víctimas de estos casos mediante las Defensorías Públicas de Víctima (DPV), destinadas a garantizar la asistencia técnica y patrocinio jurídico a víctimas sin recursos económicos o en situación de vulnerabilidad.

Características de la desaparición forzada
Las desapariciones forzadas son resabios de las dictaduras militares que pueden perpetrarse hoy día en situaciones complejas de conflicto interno, y su comisión suele conectarse con la de otros delitos, como la imposición de torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes. También puede ser utilizada como método de control hacia grupos vulnerables de la sociedad.

Dado que esta práctica no afecta sólo a la víctima y a las personas próximas a quien es desaparecido/a, sino a su comunidad y al conjunto de la sociedad, su objetivo es infundir el terror en los ciudadanos. Esto ocurre especialmente cuando la práctica de la desaparición forzada es cometida con impunidad.

La familia y los amigos de las personas desaparecidas sufren por no saber si la víctima vive aún y dónde se encuentra. Además, suelen ser amenazadas y saben que buscar la verdad puede exponerlos/as a un peligro igual o peor.

La desaparición también tiene consecuencias materiales para la familia de la víctima, tanto si ella es el sostén económico de su hogar como por los gastos que los familiares deben afrontar para emprender su búsqueda.

La impunidad de los hechos de desaparición forzada perpetúa la violación de derechos humanos como: el reconocimiento de la personalidad jurídica; la libertad y seguridad personal; el derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; el derecho a la vida (en caso de muerte de la persona desaparecida); a la identidad; al juicio imparcial y a las garantías judiciales; el recurso efectivo; y el derecho de las familias y la sociedad a conocer la verdad sobre lo ocurrido.

Un/a DPV para cada provincia
Para lograr una respuesta eficiente hacia las víctimas de este y otros delitos estipulados por la ley, en todo el país resulta necesario que se produzca el nombramiento de los Defensores y las Defensoras Públicos/as de las Víctimas en las provincias en que aún no han sido designados/as.

Desde la sanción de la Ley de Víctimas, la DGN puso en marcha el primer proceso de selección simultanea de los aspirantes para la totalidad de los cargos creados, quienes fueron convocados a rendir los exámenes de oposición en el mes de mayo de 2018, culminando los procesos internos desde septiembre del mismo año.

Aunque para marzo de 2020 se habían completado las ternas para ocupar los 24 cargos que demanda la Ley (uno por cada provincia más la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), hasta el momento sólo ocho fueron designados y puestos en funcionamiento. Se trata de las DPV de Buenos Aires, Salta, La Pampa, Neuquén, Chaco, Tierra del Fuego, Catamarca y Tucumán. Aunque estas DPV han demostrado una gran capacidad de trabajo, transformándose en un aporte fundamental para garantizar el acceso a la justicia, para el resto de las provincias y CABA aún está pendiente la resolución de las ternas por parte del Poder Ejecutivo Nacional.

A quién acudir
Si sos víctima directa o familiar de alguien que haya sufrido desaparición forzada, podés acercarte a la DPV de tu provincia. Si hasta el momento no estuviese en funciones, dirígete a la Defensoría Pública Oficial Federal más cercana a tu domicilio. Además, tené en cuenta que la DGN brinda servicios en todo el país a través del Programa contra la Violencia Institucional y del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos.