Se firmó esta mañana un acuerdo de solución amistosa entre la Defensoría General de la Nación y la República Argentina, en el marco de un caso que tramita ante el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas.

El acuerdo se firmó en representación del señor Cardozo, quien atravesó un proceso penal en el que no se contempló adecuadamente su situación de discapacidad intelectual y por el que estuvo detenido en el ámbito penitenciario cerca de diecisiete meses hasta que se decretó su absolución. En ese tiempo el señor Cardozo no recibió apoyos o ajustes razonables en la cárcel y en el proceso judicial, pese a que su situación de discapacidad los exigía. Más detalles del caso, en el que actuó la señora defensora pública oficial Clarisa Galán junto con el Equipo Interdisciplinario de la jurisdicción de Salta y el Cuerpo de Peritos y Consultores Técnicos de la Defensoría General de la Nación, se pueden leer AQUÍ.

En la denuncia internacional ante el Comité, la Defensoría General de la Nación señaló que con motivo de ese proceso se violaron en perjuicio del asistido diferentes disposiciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, así como las Recomendaciones Generales N° 1, N° 2 y N° 6 del Comité que monitorea su cumplimiento.

En el acuerdo de solución amistosa suscripto con motivo de esa denuncia se establecieron diferentes medidas de reparación, entre ellas: el reconocimiento de responsabilidad internacional por parte del Estado y el compromiso de darle publicidad al acuerdo; una reparación pecuniaria, a fijarse por la vía de un tribunal arbitral; medidas de no repetición, que incluyen la implementación en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal de un cuestionario para identificar posibles limitaciones o dificultades de carácter intelectual, la elaboración de un protocolo de actuación para personas privadas de libertad con discapacidad intelectual en el ámbito federal y capacitaciones para sus agentes.

Además, se estableció que el Estado implementará “programas de capacitación permanentes y regulares destinados a magistrados/as y operadores/as jurídicos con competencia penal relativos a (i) los estándares internacionales de protección de derechos humanos de personas con discapacidad; (ii) el deber de garantizar un trato digno y no discriminatorio a las personas con discapacidad, en particular, aquéllas con discapacidad intelectual, junto con el de proveerles información accesible; (iii) el deber de contemplar la situación de las personas con discapacidad desde una perspectiva de género e interseccional; (iv) el deber de disponer medidas y definir indicadores que permitan una detección temprana de las barreras que experimentan las personas con discapacidad, incluidas aquéllas con discapacidad intelectual, para el acceso a la justicia en igualdad de condiciones en los procesos penales y en el ámbito del encierro penitenciario; (v) el deber de asentar de modo detallado la situación de discapacidad identificada y las barreras que impidan la plena participación, así como el de informarlas a las autoridades judiciales y administrativas que intervienen en el proceso penal y/o tienen a la persona bajo su custodia; (vi) el deber de garantizar accesibilidad y proveer los ajustes razonables y de procedimiento y apoyos a las personas con discapacidad, en particular aquéllas con discapacidad intelectual, en cualquier instancia del proceso penal y en la detención penitenciaria, en consulta con las personas involucradas y garantizando su participación en la toma de decisiones; (vii) el deber de contemplar medidas alternativas a la detención penitenciaria cuando la adecuada garantía de los derechos de las personas con discapacidad, en especial aquellas en situación de discapacidad intelectual, así lo exija; (viii) el deber de ejercer la defensa, conducir las investigaciones, impartir justicia, controlar las detenciones e intervenir en la ejecución de la pena con un enfoque de derechos humanos y discapacidad, sin estereotipos negativos; (ix) el deber de prevenir e investigar con debida diligencia la vulneración de derechos de las personas con discapacidad”.

Participaron del acto de suscripción en representación de la Defensoría General de la Nación y del asistido, la señora defensora pública oficial María Florencia Hegglin, y en representación del Estado Nacional el señor Secretario de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Horacio Pietragalla Corti, y el señor Director de Contencioso Internacional en Materia de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación, Javier Salgado. El acto se llevó a cabo en Salón Frondizi de la ex ESMA y contó con la participación de las instituciones comprometidas en el acuerdo, que ahora deberá ser aprobado por decreto del Poder Ejecutivo Nacional y evaluado por el propio Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para su posterior seguimiento.