La defensora general de la Nación, Dra. Stella Maris Martínez, prorrogó la feria extraordinaria durante los días 8 al 28 de junio -inclusive- del corriente año para todas las dependencias de este Ministerio Público de la Defensa, excepto para aquellas a cuyo respecto se ordenó el levantamiento de la feria extraordinaria -enumeradas en el Pto. I de la Res. DGN N° 466/2020 (ver comunicado de fecha 02 de junio de 2020). 

La medida se formalizó el día de hoy, mediante la Resolución DGN N° 471/20, en adhesión al Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 520/20, que prorrogó el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta la misma fecha. Por su parte, la Corte Suprema de Justicia de la Nación también adoptó medidas similares en su Acordada N° 18/20.

Asimismo, prorrogó, respecto a las dependencias donde se ordenó el levantamiento de la feria extraordinaria, el esquema de licencias aprobados en los puntos III y IV de la Resolución DGN N° 286/2020, con los parámetros fijados en el punto II de la Resolución 418/2020. Dichas licencias serán otorgadas al solo fin de evitar la presencia física del/ de la agente en su lugar de trabajo, quien prestará servicio en forma remota, sin que ello afecte la validez de los actos que cumplan. 

Respecto a la licencia por hijo/a menor de edad que concurre a establecimiento educativo, regirá únicamente en aquellas localidades donde no se hayan retomado las clases presenciales -el/la titular de la dependencia deberá certificar dicha cuestión al momento de elevar la solicitud de licencia del personal-.

De igual forma, dispuso que resultan plenamente vigentes y aplicables los parámetros y medidas dispuestas en los puntos V, VI, VII, VIII, X, XI, XIII y XIV de la Res. DGN N° 418/2020.

Martínez exhortó también a todos/as los/as integrantes de este Ministerio Público de la Defensa a reducir la circulación y no utilizar el transporte público, especialmente aquellos/as que presten funciones en dependencias ubicadas en las jurisdicciones donde se prorrogó el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, por lo que se les recomienda, nuevamente, evitar la concurrencia a las dependencias -salvo que sea estrictamente necesario- y disponer esquemas de trabajo y atención remotos, conforme lo reglamentado oportunamente.

La defensora general recordó a todos/as los integrantes del MPD que necesiten trasladarse para cumplir sus funciones, deberán tramitar el “Certificado de Circulación - Coronavirus COVID-19” a través de la página www.argentina.gob.ar/circular, cuyo instructivo se aprobó mediante Resolución DGN N° 447/2020.

La máxima autoridad de la institución, también prorrogó por el mismo plazo los esquemas de turnos e intervención dispuestos por Resolución DGN N° 329/2020 (y prorrogada por Resoluciones DGN N° 330/2020, 360/2020, 361/2020, 383/2020, 391/2020, 396/2020, 397/2020 y 418/2020).

Además,  la resolución dejó sin efecto la delegación de facultades efectuada mediante Res. DGN N° 329/2020 y prorrogó las medidas y pautas de funcionamiento dispuestas en la Res. DGN N° 418/2020.

De igual forma, exhortó a todos/as los integrantes de este Ministerio Público de la Defensa del deber de cumplir con las medidas sanitarias y de prevención establecidas en el punto VI de la Res. DGN N° 418/2020.

La defensora general hace saber a los/as titulares de las Defensorías Públicas Oficiales que actúan ante las Cámaras Federales de Apelaciones que deberán informar a la Secretaría General de Superintendencia y Recursos Humanos toda decisión que adopten las Cámaras Federales en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 6º de la Acordada CSJN Nro. 17/2020 y 4º de la Acordada CSJN Nro. 18/2020, así como toda otra decisión de superintendencia que tenga impacto en la prestación del servicio público de defensa.

Para finalizar, Martínez estableció que las Defensorías Públicas Curadurías cumplirán un turno diario sucesivo, en grupos de dos defensorías, de acuerdo al siguiente esquema:

8/6: DPC 13 y DPC 14

9/6: DPC 19 y DPC 16

10/6: DPC 17 y DPC 18

11/6: DPC 15 y DPC 2

12/6: DPC 3 y DPC 5

16/6: DPC 7 y DPC 8

17/6: DPC 9 y DPC 10

18/6: DPC 13 y DPC 14

19/6: DPC 15 y DPC 16

22/6: DPC 17 y DPC 18

23/6: DPC 19 y DPC 2

24/6: DPC 3 y DPC 5

25/6: DPC 7 y DPC 8

26/6: DPC 9 y DPC 10