La defensora general de la Nación, Stella Maris Martínez, expuso el pasado 9 de noviembre ante la comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado de la Nación con motivo de la presentación del Proyecto de ley de reforma de las leyes orgánicas del Ministerio Público Fiscal de la Nación (ley N° 27.148) y del Ministerio Público de la Defensa de la Nación (ley N° 27.149).

Martínez sostuvo que “el defensor general de la Nación debe ser una autoridad de la Nación especialmente protegida, porque es el único ciudadano que, por ley, puede denunciar al Estado argentino ante los organismos internacionales”. En este sentido, concluyó que “lo primero que tiene que tener es estabilidad. Porque si va a estar dependiendo de caerle simpático y de juntar apoyos para que le den o no le den el acuerdo, ese va a ser un mal funcionario”.

“Tenemos el total reconocimiento por nuestra labor de la Corte Interamericana, de la OEA, de las Naciones Unidas; que nos muestran como un modelo a alcanzar. Como un modelo -no digo perfecto- pero sí como un modelo que garantiza el acceso a la justicia de los ciudadanos”.

En su intervención, Martínez expresó estar “en absoluto desacuerdo con el mecanismo de remoción”. Y agregó: “estoy en absoluto desacuerdo porque, si releemos las actas de la Convención Constituyente del ’94, vamos a ver que expresamente se dice que el defensor general y el procurador general van a constituir –es decir, el Ministerio Público de la Defensa y el Ministerio Público Fiscal- van a constituir órganos extra poder. Y la Constitución -esto lo puede ver cualquiera que la lea- los enuncia como autoridades de la Nación”.

Continuando su reflexión respecto al mecanismo de remoción sostuvo que “creo que este artículo es el más grave porque para mí es inconstitucional. Además, es innecesario. El Poder Ejecutivo puede pedir el juicio político. No hay problema. Y no es menos rápido”. Y añadió: “me parece que provoca una grave lesión a la defensa” porque “la Constitución del ‘94 pergeñó un sistema de administración de justicia que tenía tres pilares: el Poder Judicial, el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa”.

Posteriormente, y en referencia a la inclusión de una cláusula transitoria relacionada a las designaciones efectuadas desde 2013 a la fecha, la defensora general manifestó estar “ofendida por esa cláusula” y sostuvo  que “en todo ese lapso yo nombré a más a o menos 207 funcionarios. ¿Y por qué los nombré? Porque si no hubiera nombrado secretarios letrados, que sólo puedo nombrar yo porque son los secretarios que cobran como juez de primera instancia y sólo los tiene el Procurador, el Defensor y la Corte. Si no, no hubiera habido juicios de lesa humanidad. Porque ellos son los que llevaron sobre sus hombros todo el peso de los juicios, defendiendo a los acusados”.

Luego, subrayó que “desde mucho antes de la ley ingreso democrático, establecí los concursos. A la institución del Ministerio Público de la Defensa más del 90% de los empleados, funcionarios -y hasta los ordenanzas- entran por concurso. Vamos por todo el país, ciudad por ciudad, tomando concurso. Pero esto lo hacemos desde antes”. Y cuestionó: “¿por qué una cláusula transitoria de esas características para mí? Yo no me merezco esa cláusula. Porque además cualquiera puede ir y ver. Es más, la Auditoría General de la Nación auditó nuestra secretaría de concursos y vio cuán impecables son los concursos que se celebran en la Defensoría”.

Más avanzada en su exposición la defensora general expresó que en el proyecto de reforma “ni siquiera cumplieron con un artículo vigente de la ley orgánica que dice que cuando hay modificaciones en las leyes orgánicas, tanto de los fiscales como nosotros, nos tienen que consultar previamente. A mí -yo no sé si le consultaron a la Procuración, a lo mejor sí-, a mí nadie me consultó”.

En referencia a la designación del Defensor Oficial que plantea el proyecto de ley y la duración del mandato, Martínez manifestó que “los constituyentes cuando pergeñaron un órgano extra poder pensaron que íbamos a ser exactamente iguales a los ministros de la Corte Suprema. Primero que no entiendo por qué 5 y 2 años, es una suma casi caprichosa. Si hubieran puesto primero el más corto y después el más largo, tendría cierto sentido. Pero 5 y después 2 no se entiende”. Y explicó que, del mismo modo, desde su rol ha “venido luchando para que las defensorías provinciales, al igual que el artículo 120 de la Constitución Nacional, separen las defensas de la órbita del Procurador. Y que sean organismos fuertes”.

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