Florentín Meléndez, juez de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador y ex integrante de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), brindó una conferencia durante el cierre de las VI Jornadas Nacionales de la Defensa Pública Oficial, llevadas a cabo en la ciudad capital de la provincia de Santiago del Estero los días 26 y 27 de octubre.
 
Al comienzo de su exposición, titulada “Obligatoriedad de la Jurisprudencia Interamericana”, Meléndez analizó las implicancias de la aceptación de “las reglas del juego del Estado democrático” y se preguntó si en nuestra sociedad estamos dispuestos a “aceptar la obligatoriedad de sentencias de tribunales cuya competencia soberanamente ha sido reconocida por los Estados a través de una declaración unilateral de reconocimiento de la competencia contenciosa, como es el caso de la Corte Interamericana”.
 
Más tarde, y adentrándose de lleno en la temática abordada, el juez salvadoreño subrayó que “tanto la Convención Americana como el Pacto conciben el deber de la adecuación legislativa. Es decir, el deber que los estados tienen de ajustar su derecho interno al derecho internacional, los estándares del derecho internacional, que es lo mínimo que los Estados están obligados a garantizar. No es el techo, es el piso. La discusión se plantea cuando, si se entiende por derecho interno solo la legislación ordinaria o también el ordenamiento constitucional”.
 
Luego sostuvo que “las obligaciones contraídas en los organismos internacionales son obligatorias para los Estados, porque estamos hablando de temas de derechos humanos, de dignidad humana, de la vida de la libertad, de la igualdad, de los derechos fundamentales. De eso hablamos cuando hablamos de democracia”. Y agregó: “esto no es un instrumento de buena fe. Esto no es un instrumento de si lo cumplo o no lo cumplo. La Convención Interamericana es un instrumento jurídico como la Constitución, como una ley. Tiene efecto vinculante jurídicamente”.
 
Más adelante, en su exposición Meléndez se centró tanto en casos de buenas prácticas de cumplimiento de sentencias de la Corte IDH como en otros casos “muy delicados y graves” de incumplimiento. En ese sentido desarrolló un análisis sobre el caso Fontevecchia contra el Estado argentino. En particular, sobre el fallo de la Corte Suprema de Justina de la Nación argentina consideró que “este fallo, esta resolución del 2017 es un tanto contradictoria, confusa. No creo que tenga el suficiente peso y la suficiente fundamentación como para extraer de ahí la razón de la Corte Suprema para incumplir un fallo de la Corte IDH”.
 
Posteriormente, el magistrado exhortó a los defensores públicos a que “se empoderen del derecho, a que se empoderen del derecho internacional de los derechos humanos, de la jurisprudencia del sistema interamericano para que obtengan más y mejores herramientas para defender a las personas pobres. Que es lo menos que podemos brindarles: una defensa técnica comprometida en el marco de un debido proceso. Y para eso es importante la jurisprudencia, evolutiva, del sistema interamericano como una herramienta importante para la defensa pública”.
 
Posteriormente, el magistrado exhortó a los defensores públicos a que “se empoderen del derecho internacional de los derechos humanos, de la jurisprudencia del Sistema Interamericano para que obtengan más y mejores herramientas para defender a las personas pobres. Que es lo menos que podemos brindarles: una defensa técnica comprometida en el marco de un debido proceso. Y para eso es importante la jurisprudencia, evolutiva, del Sistema Interamericano como una herramienta importante para la defensa pública”.
 
Para concluir su conferencia, Meléndez afirmó que “no me queda la menor duda, definitivamente, de que las sentencias de la Corte IDH, al igual que sus medidas provisionales o las resoluciones de seguimiento que puede emitir la Corte, y no sólo las sentencias, son de obligatorio cumplimiento para los Estados. Esta no es una cuestión de selección de los Estados, si cumplo esta sentencia o no la cumplo. No es una opción de los Estados. Esta es una cuestión de voluntad política democrática. Es una cuestión de buena fe de los Estados. Y esto no es solo un compromiso con la comunidad internacional. Actuar de buena fe es un compromiso, ante todo, con la sociedad nacional de cada país. Ser consecuente con los compromisos que un Estado como el argentino ha adquirido a nivel internacional. Y esto es definitivamente ser consecuente con los principios del estado democrático y constitucional de derecho”.
 
Finalmente, Meléndez animó al público a que “sigan adelante en la defensa pública, humana, comprometida, solidaria y técnica”.
 
Para acceder a la conferencia completa, hacer click en el siguiente enlace.