ULTIMO MOVIMIENTO: El 24 de febrero de 2015 se publicó el Orden de Mérito conf. art. 21 Res. DGN Nº 75/14.
+ REALIZACION DE LA PRUEBA DE OPOSICION (Actualizado el 10/10/2014)
Se hace saber que se ha fijado como fecha para la realización del Exámen T.J. Nº 69, los días 15 y 16 de octubre del corriente año en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo, en atención al número de inscriptos y en miras a la celeridad del trámite del Examen, con anterioridad al 9 de octubre a las 15.30 hs. deberán confirmar su asistencia o manifestar su inasistencia a la correspondiente evaluación mediante correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; dejándose constancia que en caso de silencio o manifestación de no concurrencia, no contarán con la computadora y el material necesario para la realización del examen. Una vez vencido el plazo referido, la Secretaría de Concursos publicará el cronograma con la sede, día y horario exactos en el que los postulantes deberán concurrir en el sitio web del organismo.
CRONOGRAMA PARA EL EXAMEN TJ 69
El 10 de octubre de 2014, en función de las confirmaciones recibidas, se confeccionó y publicó el cronograma correspondiente:
Cronograma Agrupamiento "Técnico Jurídico"
Casos Tomados (Subido el 13/06/2019)
+ DICTAMEN DEL TRIBUNAL EXAMINADOR (Publicado el 07/11/2014)
+ ORDEN DE MERITO PREVIO A LA ACREDITACION DE ANTECEDENTES (Publicado el 02/02/2015)
Orden de Mérito previo a la acreditación de los antecedentes
+ ACREDITACION DE ANTECEDENTES (2 al 9/02/2015)
Habiéndose confeccionado y publicado el Orden de Mérito, se hace saber a aquellos postulantes que hayan resultado entre los primeros veinte (20) lugares que deberán remitir a la Secretaría de Concursos la documentación que acredite los antecedentes valorados oportunamente, conforme lo establecido en el art. 21º del reglamento aplicable, en el plazo de 5 días desde su publicación. Dicho plazo vencerá el próximo 9 de febrero de 2015, y se aplicará la disposición del art. 5º de la Res. DGN nº 602/13 (Art. 5º. Todos los plazos establecidos en el presente Reglamento se contarán en días hábiles judiciales, salvo disposición en contrario. Si el término venciera en día feriado o inhábil, se considerará prorrogado de pleno derecho al día hábil subsiguiente. En el caso de remisión por vía postal, se tendrá como válida la fecha de imposición del sello respectivo o la constancia expedida por el servicio de correos, siempre y cuando la misma se encuentre dentro del plazo de presentación que corresponda y el material sea recibido en la SC dentro de los diez (10) días corridos contados a partir de la fecha de culminación del plazo de que se trate.)