ULTIMO MOVIMIENTO: El 13 de febrero se publicó la Resolución DGN nº 98/19 mediante la cual se resolvió prorrogar la vigencia del examen hasta la sustanciación de un nuevo examen que de lugar a un nuevo orden de mérito.
+ CONVOCATORIA (Publicado el 29/11/2016)
Ministerio Público de la Defensa Defensoría General de la Nación
LA DEFENSORÍA GENERAL DE LA NACIÓN CONVOCA a examen para el ingreso a los agrupamientos “Técnico Jurídico”, “Técnico Administrativo” y de “Servicios Auxiliares”, para actuar en las dependencias de este Ministerio Público de la Defensa de la Nación con sede en las ciudades de: La Plata (TJ Nro. 142, TA Nro. 92, SA Nro. 90); Lomas de Zamora (TJ Nro. 143, TA Nro. 93, SA Nro. 91); Quilmes (TJ Nro. 144, TA Nro. 94, SA Nro. 92); San Martín (TJ Nro. 145, TA Nro. 95, SA Nro. 93); San Isidro (TJ Nro. 146, TA Nro. 96, SA Nro. 94); Morón (TJ Nro. 147, TA Nro. 97, SA Nro. 95); Mercedes (TJ Nro. 148, TA Nro. 98, SA Nro. 96); Moreno (TJ Nro. 149, TA Nro. 99, SA Nro. 97); Campana (TJ Nro. 150, TA Nro. 100, SA Nro. 98); Hurlingham (TJ Nro. 151, TA Nro. 101, SA Nro. 99); Tres de Febrero (TJ Nro. 152, TA Nro. 102, SA Nro. 100); San Justo (TJ Nro. 153, TA Nro. 103, SA Nro. 101). PERÍODO DE INSCRIPCIÓN: el comprendido entre los días 30 de noviembre y 4 de diciembre de 2016, ambos inclusive. SEDE Y FORMA DE INSCRIPCIÓN: De conformidad con lo establecido en el art. 14 del Reglamento de ingreso al MPD, las inscripciones deberán ser realizadas exclusivamente por vía electrónica, debiendo el/la aspirante completar la solicitud obrante en el Portal Web de la Institución (www.mpd.gov.ar). No se requerirá el deber de incorporar documentación escaneada en formato .pdf o .jpg. Una vez cumplimentada la inscripción, el/la postulante recibirá en la casilla de correo electrónico denunciada una respuesta confirmando su recepción. Si el/la postulante se encontrara comprendido/a dentro de las pautas establecidas en el Art. 29 del “Régimen Jurídico para los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Ministerio Público de la Defensa de la Nación” —aprobado por Res. DGN Nro. 1628/10, en adelante RJMPD— (persona con discapacidad que se postule para ingresar al MPD), deberá consignar dicha circunstancia en el casillero correspondiente dentro del formulario antes aludido, a fin de allanar cualquier dificultad que pudiera presentársele en el momento de rendir el examen. Esta información tendrá carácter reservado. En todos los casos, será obligación del/de la postulante verificar que las condiciones de seguridad de su casilla no impidan la recepción de los correos electrónicos institucionales. INCOMPATIBILIDADES: Rigen las previstas en el Art. 7 del Reglamento de ingreso al MPD. REQUISITOS PERSONALES: Para participar de los exámenes y evaluaciones se requiere cumplir con los requisitos establecidos en los arts. 34, 35 y 39 del RJMPD, según el agrupamiento al cual se aspire a ingresar. No se aceptarán inscripciones de postulantes con “constancia de título en trámite” —primario, secundario y/o universitario— o situación análoga, en aquellos agrupamientos que exijan el título correspondiente. INTEGRACIÓN DEL TRIBUNAL EXAMINADOR (ARTS. 10 Y 11 DEL REGLAMENTO DE INGRESO AL MPD): El Tribunal Examinador que intervendrá en los procedimientos de evaluación de aspirantes a ingresar al agrupamiento “Técnico Jurídico” (Art. 6 del RJMPD) estará compuesto por: Miembros Titulares: Presidente: Sr. Defensor Público Oficial ante el Juzgado Federal de Moreno, provincia de Buenos Aires, Dr. Alejandro Martín Fillia. Vocales: Sres. Secretarios Letrados de la Defensoría General de la Nación, Dres. Julio Eduardo López Casariego y Juan Manuel Mendilaharzu. Miembros Suplentes: Presidente: Sra. Defensora Auxiliar de la Defensoría General de la Nación, Dra. Julieta Mattone. Vocales: Sres. Secretarios Letrados de la Defensoría General de la Nación, Dres. Juan Carlos Riccardini y Laura Isabel Ayala. INTEGRACIÓN DEL COMITÉ PERMANENTE DE EVALUACIÓN (ARTS. 10 Y 12 DEL REGLAMENTO DE INGRESO AL MPD): El Comité Permanente de Evaluación que intervendrá en el procedimiento examinador de los aspirantes a ingresar a los agrupamientos “Técnico Administrativo” y de “Servicios Auxiliares” (Arts. 7 y 8 del RJMPD) estará integrado por: Miembros Titulares: Presidente: Sra. Secretaria Letrada de la Defensoría General de la Nación, Dra. María Laura Lema. Vocales: Sr. Secretario de Primera Instancia de la Defensoría General de la Nación, Dr. Pablo Rovatti y Sra. Secretaria de Primera Instancia de la Defensoría General de la Nación, Dr. Carolina Morales Deganut. Miembros Suplentes: Presidente: Sr. Prosecretario Letrado de la Defensoría General de la Nación, Dr. Mariano Adolfo Klumpp. Vocales: Sr. Secretario de Primera Instancia de la Defensoría General de la Nación, Dr. Ramiro Javier Rua, y Sra. Secretaria de Primera Instancia de la Defensoría General de la Nación, Dra. María Lila Kroll. LUGAR Y FECHA DE LOS EXÁMENES: Los exámenes y evaluaciones para aspirantes a ingresar en los agrupamientos “Técnico Jurídico”, “Técnico Administrativo” y de “Servicios Auxiliares” en las dependencias de este Ministerio Público de la Defensa que se convocan por la presente se realizarán, en las ciudades de: La Plata: el examen correspondiente a las jurisdicciones de La Plata (TJ Nro. 142, TA Nro. 92, SA Nro. 90), Lomas de Zamora (TJ Nro. 143, TA Nro. 93, SA Nro. 91) y Quilmes (TJ Nro. 144, TA Nro. 94, SA Nro. 92) durante el mes de diciembre del corriente año; y Ciudad Autónoma de Buenos Aires: el examen correspondiente a las jurisdicciones de San Martín (TJ Nro. 145, TA Nro. 95, SA Nro. 93), San Isidro (TJ Nro. 146, TA Nro. 96, SA Nro. 94), Morón (TJ Nro. 147, TA Nro. 97, SA Nro. 95), Mercedes (TJ Nro. 148, TA Nro. 98, SA Nro. 96), Moreno (TJ Nro. 149, TA Nro. 99, SA Nro. 97), Campana (TJ Nro. 150, TA Nro. 100, SA Nro. 98), Hurlingham (TJ Nro. 151, TA Nro. 101, SA Nro. 99), Tres de Febrero (TJ Nro. 152, TA Nro. 102, SA Nro. 100) y San Justo (TJ Nro. 153, TA Nro. 103, SA Nro. 101) durante el mes de diciembre del corriente año. Los días, hora y lugar exactos donde se realizarán los referidos exámenes serán fijados por los Tribunales Evaluadores y notificados a las/os postulantes conforme la pauta reglamentaria (Arts. 3° y 15° del "Reglamento de ingreso al MPD"). TEMARIOS: a) para el escalafón “Técnico Jurídico”: 1. Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa de la Nación —Ley Nro. 27.149—; 2. Excarcelación; 3. Recursos; 4. Ley 23.737; 5. Trata y tráfico de personas; 6. Contrabando; 7. Nulidades y garantías en el proceso penal; 8. Amparo; 9. Ley Nacional de Migraciones. b) para el escalafón “Técnico Administrativo”: 1. Constitución Nacional. 2. Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa—Ley Nº 27.149—. 3. Régimen Jurídico para los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. c) para el escalafón de “Servicios Auxiliares”: El que surge del material publicado en la página web de este Ministerio Público de la Defensa. RECORDAR que los mecanismos de examen configuran un requisito ineludible para acceder a los agrupamientos “Técnico Jurídico”, “Técnico Administrativo” y de “Servicios Auxiliares” del MPD y que su aprobación no confiere al /a la postulante un derecho a reclamar su designación en cargo permanente o no permanente dentro de este Ministerio, sino a integrar una nómina que se administrará conforme lo establecido en el Reglamento de ingreso al MPD. De conformidad con lo dispuesto en los arts. 22°, quinto párrafo; 35° y 47°, aquellos integrantes de cualquier orden de mérito que, debidamente citados, no comparecieren o rechazaren una propuesta de designación para una determinada jurisdicción, serán excluidos de la lista. |
+ PERIODO DE INSCRIPCION (30/11/2016 al 04/12/2016) Y LISTADO DE INSCRIPTOS (06/12/2016)
Se le recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 22°, primer párrafo; 33°, primer párrafo; y 45°, primer párrafo, del Régimen de Ingreso al Ministerio Público de la Defensa, cada Orden de Mérito que surge de los exámenes que se sustancian en cada jurisdicción habilitan al postulante a ser propuesto únicamente en dicha jurisdicción.
En consecuencia, y toda vez que el proyecto de la Defensoría General de la Nación comprende la sustanciación de exámenes en todas las jurisdicciones del país durante el presente año 2016, se recomienda y solicita inscribirse sólo en aquellas jurisdicciones en las que se está dispuesto a prestar funciones.
+ CRONOGRAMA DE EXAMENES (Publicado el 06/12/2016)
1. Cada postulante deberá identificar, según el detalle obrante en el cronograma, el día, hora y sede asignados para rendir su examen.
2. No se admitirán cambios de turnos, sin excepciones. Para el supuesto en que algún postulante note que el turno en que debe rendir el examen para un agrupamiento se superpone con aquel en que deberá rendir para otro agrupamiento dentro de una misma ciudad, deberá presentarse en el primero de ellos y hacer saber tal circunstancia al personal de la Secretaría.
3. Cada postulante deberá concurrir a rendir la evaluación, munido del documento que hubiera denunciado, a fin de acreditar su identidad.
4. Cada postulante deberá traer consigo material de escritura (lapicera, bolígrafo o birome, NO LAPIZ). La Secretaría no proveerá de dicho material.
5. Se ruega respetar los horarios asignados para el ingreso. Debido a la masiva concurrencia prevista para cada día, se solicita no arribar con demasiada anticipación.
Podrán traer consigo el material normativo, doctrinario o jurisprudencial que deseen utilizar, con excepción de modelos y/o copias de escritos, únicamente en formato impreso.
No se admitirá el uso de dispositivos electrónicos de almacenamiento de datos, como así tampoco el acceso a ningún otro programa que no sea el determinado por la organización, ni a exploradores de internet.
El examen consistirá en la elaboración de una solución a un problema jurídico, en el que se examinará el grado de conocimiento específico en el área de derecho que requiera el cargo, en función del temario fijado en la convocatoria publicada en la página web.
+ DICTAMEN DEL TRIBUNAL EXAMINADOR (Publicado el 20/02/2017)
El 20 de febrero de 2017 se publicó el Dictamen de corrección de los exámenes junto con el Acta de Reserva de Identidad. A los efectos reglamentarios el mismo quedará notificado el 21 de febrero de 2017 pudiendo los/as postulantes impugnar las calificaciones asignadas hasta el 24 de febrero de 2017.
Se recuerda que conforme establece el artículo 18º, dentro de los tres (3) días de notificados/as, los/as postulantes podrán impugnar las calificaciones de su prueba de oposición efectuadas en el dictamen del artículo 17º, siendo esta oportunidad la única en todo el procedimiento en que podrán hacerlo. Las impugnaciones sólo podrán basarse en arbitrariedad manifiesta, error material o vicio grave de procedimiento.
Este recurso deberá interponerse ante el Tribunal Examinador y fundarse por escrito, acompañando la prueba pertinente.
La impugnación deberá realizarse por escrito, el que luego de ser impreso, firmado y escaneado, deberá remitirse vía correo electrónico a la Secretaría de Concursos (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.). Sólo serán consideradas aquellas impugnaciones que cumplan con tales requisitos formales, dejándose sin efecto las presentaciones en forma personal y las remisiones postales.
Las impugnaciones que no respeten los requisitos antedichos, serán rechazadas in límine.
+ EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES (Actualizado el 23/03/2017)
El 22 de Marzo de 2017 se publicó la Evaluación de Antecedentes, quedando notificada a los efectos reglamentarios el 28 de Marzo de 2017. Los postulantes podrán impugnar las calificaciones asignadas hasta el 31 de Marzo de 2017.
Las impugnaciones sólo podrán basarse en arbitrariedad manifiesta, error material o vicio grave de procedimiento. Este recurso deberá interponerse ante el Tribunal Examinador y fundarse por escrito, acompañando la prueba pertinente.
La impugnación deberá realizarse por escrito, el que luego de ser impreso, firmado y escaneado, deberá remitirse vía correo electrónico a la Secretaría de Concursos. Sólo serán consideradas aquellas impugnaciones que cumplan con tales requisitos formales, dejándose sin efecto las presentaciones en forma personal y las remisiones postales.
Las impugnaciones que no respeten los requisitos antedichos, serán rechazadas in límine.
El 23 de marzo de 2017 se hizo saber que, por un error material involuntario, en la Evaluación de Antecedentes de fecha 20 de marzo de 2017, publicada en el portal web el día 22 de marzo 2017, se omitió incorporar la evaluación efectuada por el Tribunal Examinador respecto de la postulante Lucía Montenegro. En virtud de ello, el Tribunal emitió una Evaluación de Antecedentes complementaria de la anterior, en la que se enuncia la evaluación de la postulante mencionada. Dicha Evaluación quedará notificada —conjuntamente con la publicada el día 22 de marzo de 2017— el día 28 de marzo de 2017 pudiendo los/as postulantes impugnar las calificaciones hasta el 31 de Marzo de 2017.
Se les recuerda a todos los postulantes que, conforme lo establece el artículo 20º, dentro de los tres (3) días de notificados/as, podrán impugnar las calificaciones asignadas en los dictámenes del Art. 19º. Las impugnaciones sólo podrán basarse en arbitrariedad manifiesta, error material o vicio grave de procedimiento.
Este recurso deberá interponerse ante el Tribunal Examinador y fundarse por escrito, acompañando la prueba pertinente.
La impugnación deberá realizarse por escrito, el que luego de ser impreso, firmado y escaneado, deberá remitirse vía correo electrónico a la Secretaría de Concursos (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.). Sólo serán consideradas aquellas impugnaciones que cumplan con tales requisitos formales, dejándose sin efecto las presentaciones en forma personal y las remisiones postales.
Las impugnaciones que no respeten los requisitos antedichos, serán rechazadas in límine.
+ ORDEN DE MERITO PREVIO A LA ACREDITACION DE ANTECEDENTES (Publicado el 02/05/2017)
Orden de Mérito previo a la acreditación de los antecedentes
+ ACREDITACION DE ANTECEDENTES (Publicado el 02/05/2017)
Habiéndose publicado el Orden de Mérito el día 2 de mayo de 2017, se hace saber a aquellos postulantes que hayan resultado entre los primeros veinte (20) lugares que deberán remitir a la Secretaría de Concursos, sita en la Avenida Callao 289, piso 6, Capital Federa (CP: C1022AAC), la documentación que acredite los antecedentes valorados oportunamente, conforme lo establecido en el art. 21º del reglamento aplicable, en el plazo de 5 días. Dicho plazo vencerá el próximo 9 de mayo de 2017, y se aplicará la disposición del art. 5º de la Res. DGN nº 1146/15 y modif. (Art. 5º. Todos los plazos establecidos en el presente Reglamento se contarán en días hábiles judiciales, salvo disposición en contrario. Si el plazo venciera en día feriado o inhábil, se considerará prorrogado de pleno derecho al día hábil subsiguiente. En el caso de remisión por vía postal, se tendrá como válida la fecha de imposición del sello respectivo o la constancia expedida por el servicio de correos, siempre y cuando la misma se encuentre dentro del plazo de presentación que corresponda y el material sea recibido en la SC dentro de los diez (10) días corridos contados a partir de la fecha de culminación del plazo de que se trate.).
Se recuerda a aquellos/as postulantes a los/as que se los/as haya intimado para acreditar sus antecedentes en más de un examen, que deberán presentar un juego de documentación por cada intimación recibida. Caso contrario, y de no especificarse para cuál de ellos se está presentando la documentación, el único juego recibido será considerado para la acreditación de la primera intimación enviada.
La misma deberá ser presentada personalmente, por tercero autorizado o remitida por correo postal a esta Secretaría de Concursos sita en Av. Callao 289, piso 6º, CP C1022AAC, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
+ PRORROGA DEL VENCIMIENTO DEL EXAMEN (Publicado el 13/02/2019)
El 13 de febrero se publicó la Resolución DGN nº 98/19 mediante la cual se resolvió prorrogar la vigencia del examen hasta la sustanciación de un nuevo examen que de lugar a un nuevo orden de mérito.