ULTIMO MOVIMIENTO: El 13 de febrero se publicó la Resolución DGN nº 98/19 mediante la cual se resolvió prorrogar la vigencia del examen hasta la sustanciación de un nuevo examen que de lugar a un nuevo orden de mérito.
+ CONVOCATORIA (Publicado el 10/08/2016)
Ministerio Público de la Defensa Defensoría General de la Nación
LA DEFENSORÍA GENERAL DE LA NACIÓN CONVOCA a examen para el ingreso a los agrupamientos “Técnico Jurídico”, “Técnico Administrativo” y de “Servicios Auxiliares”, para actuar en las dependencias de este Ministerio Público de la Defensa de la Nación con sede en las ciudades de: La Rioja (TJ Nro. 110, TA Nro. 60, SA Nro. 58); San Fernando del Valle de Catamarca (TJ Nro. 111, TA Nro. 61, SA Nro. 59); San Miguel de Tucumán (TJ Nro. 112, TA Nro. 62, SA Nro. 60); Santiago del Estero (TJ Nro. 113, TA Nro. 63, SA Nro. 61); Salta (TJ Nro. 114, TA Nro. 64, SA Nro. 62); San Salvador de Jujuy y Libertador General San Martín (TJ Nros. 115 y 116, TA Nros. 65 y 66, SA Nros. 63 y 64); San Ramón de la Nueva Orán y Tartagal (TJ Nros. 117 y 118, TA Nros. 67 y 68, SA Nros. 65 y 66); Córdoba, San Francisco, Bell Ville, Río Cuarto y Villa María (TJ Nros. 119, 120, 121, 122 y 123; TA Nros. 69, 70, 71, 72 y 73; SA Nros. 67, 68, 69, 70 y 71); Santa Rosa y General Pico (TJ Nros. 124 y 125, TA Nros. 74 y 75, SA Nros. 72 y 73). PERÍODO DE INSCRIPCIÓN: el comprendido entre los días 16 y 19 de agosto de 2016, ambos inclusive. SEDE Y FORMA DE INSCRIPCIÓN: De conformidad con lo establecido en el Art. 14 del Reglamento de ingreso al MPD, las inscripciones deberán ser realizadas exclusivamente por vía electrónica, debiendo el/la aspirante completar la solicitud obrante en el Portal Web de la Institución (www.mpd.gov.ar). No se requerirá el deber de incorporar documentación escaneada en formato .pdf o .jpg. Una vez cumplimentada la inscripción, el/la postulante recibirá en la casilla de correo electrónico denunciada una respuesta confirmando su recepción. Si el/la postulante se encontrara comprendido/a dentro de las pautas establecidas en el Art. 29 del “Régimen Jurídico para los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Ministerio Público de la Defensa de la Nación” —aprobado por Res. DGN Nro. 1628/10, en adelante RJMPD— (persona con discapacidad que se postule para ingresar al MPD), deberá consignar dicha circunstancia en el casillero correspondiente dentro del formulario antes aludido, a fin de allanar cualquier dificultad que pudiera presentársele en el momento de rendir el examen. Esta información tendrá carácter reservado. En todos los casos, será obligación del/de la postulante verificar que las condiciones de seguridad de su casilla no impidan la recepción de los correos electrónicos institucionales. INCOMPATIBILIDADES: Rigen las previstas en el Art. 7 del Reglamento de ingreso al MPD. REQUISITOS PERSONALES: Para participar de los exámenes y evaluaciones se requiere cumplir con los requisitos establecidos en los Arts. 34, 35 y 39 del RJMPD, según el agrupamiento al cual se aspire a ingresar. No se aceptarán inscripciones de postulantes con “constancia de título en trámite” —primario, secundario y/o universitario— o situación análoga, en aquellos agrupamientos que exijan el título correspondiente. INTEGRACIÓN DE LOS TRIBUNALES EXAMINADORES (ARTS. 10 Y 11 DEL REGLAMENTO DE INGRESO AL MPD): Los Tribunales Examinadores que intervendrán en los procedimientos de evaluación de aspirantes a ingresar al agrupamiento “Técnico Jurídico” (Art. 6 del RJMPD) estarán compuestos por: Tribunal Nro. 1: Miembros Titulares: Presidente: Sr. Defensor Público Oficial ante los Juzgados en lo Correccional y Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Nro. 2, Dr. Santiago Ottaviano. Vocal: Sra. Defensora Pública Curadora, Dra. Marta Ma. Soledad Fernández Mele. Vocal: Sr. Secretario Letrado, Dr. Nicolás Ramayón. Miembros Suplentes: Presidente: Sr. Defensor Público Oficial Adjunto ante los Tribunales Orales en lo Criminal Nro. 12, Dr. Ricardo A. Richiello. Vocal: Sra. Secretaria Letrada, Dra. Karin Codern Molina. Vocal: Sra. Secretaria Letrada, Dra. Inés Aldanondo. Tribunal Nro. 2: Miembros Titulares: Presidente: Sr. Defensor Público Oficial ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal Nro. 1, Dr. Germán Carlevaro. Vocal: Sra. Defensora Pública Curadora, Dra. Anabella L. Ferraiuolo. Vocal: Sr. Secretario Letrado, Dr. Juan Carlos Seco Pon. Miembros Suplentes: Presidente: Sra. Defensora Pública Oficial ante los Juzgados Nacionales en lo Criminal de Instrucción y Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Nº 7, Dra. Marina V. Soberano. Vocal: Sr. Secretario Letrado, Dr. Rodrigo D. López Gastón. Vocal: Sra. Secretaria Letrada, Dra. María Cecilia Durante. INTEGRACIÓN DEL COMITÉ PERMANENTE DE EVALUACIÓN (ARTS. 10 Y 12 DEL REGLAMENTO DE INGRESO AL MPD): El Comité Permanente de Evaluación que intervendrá en el procedimiento examinador de los aspirantes a ingresar a los agrupamientos “Técnico Administrativo” y de “Servicios Auxiliares” (Arts. 7 y 8 del RJMPD) estará integrado por: Miembros Titulares: Presidente: Sr. Secretario Letrado de la DGN, Dr. Federico M. Feldtmann. Vocal: Sra. Secretaria Letrada de la DGN, Dra. Rosana B. Feliciotti. Vocal: Sra. Prosecretaria Letrada de la DGN, Dra. María Inés Italiani. Miembros Suplentes: Presidente: Sr. Secretario Letrado de la DGN, Dr. Nicolás Ossola. Vocal: Sr. Secretario Letrado de la DGN, Dr. Sebastián Tedeschi. Vocal: Sra. Secretaria de Primera Instancia de la DGN, Dra. Adriana Sigillo. LUGAR Y FECHA DE LOS EXÁMENES: Los exámenes y evaluaciones para aspirantes a ingresar en los agrupamientos “Técnico Jurídico”, “Técnico Administrativo” y de “Servicios Auxiliares” en las dependencias de este Ministerio Público de la Defensa que se convocan por la presente se realizarán en las ciudades de: - La Rioja (TJ Nro. 110, TA Nro. 60, SA Nro. 58), a cargo del Tribunal Nro. 1; San Fernando del Valle de Catamarca (TJ Nro. 111, TA Nro. 61, SA Nro. 59), a cargo del Tribunal Nro. 1; San Miguel de Tucumán (TJ Nro. 112, TA Nro. 62, SA Nro. 60), a cargo del Tribunal Nro. 1.; y Santiago del Estero (TJ Nro. 113, TA Nro. 63, SA Nro. 61), a cargo del Tribunal Nro. 1, durante la semana comprendida entre los días 29 de agosto y 2 de septiembre del corriente año. En las ciudades de: Salta (TJ Nro. 114, TA Nro. 64, SA Nro. 62), a cargo del Tribunal Nro. 1; San Salvador de Jujuy (TJ Nros. 115 y 116, TA Nros. 65 y 66, SA Nros. 63 y 64), a cargo del Tribunal Nro. 1.; y San Ramón de la Nueva Orán (TJ Nros. 117 y 118, TA Nros. 67 y 68, SA Nros. 65 y 66), a cargo del Tribunal Nro. 1, durante la semana comprendida entre los días 5 y 9 de septiembre del corriente año. En la ciudad de Córdoba (TJ Nros. 119, 120, 121, 122 y 123; TA Nros. 69, 70, 71, 72 y 73; SA Nros. 67, 68, 69, 70 y 71), a cargo del Tribunal Nro. 2, durante la semana comprendida entre los días 12 y 16 de septiembre del corriente año, y en la ciudad de Santa Rosa (TJ Nros. 124 y 125, TA Nros. 74 y 75, SA Nros. 72 y 73), a cargo del Tribunal Nro. 2, durante la semana comprendida entre los días 26 y 30 de septiembre del corriente año. La hora y lugar exactos donde se realizarán los referidos exámenes serán fijados por los Tribunales Evaluadores y notificados a las/os postulantes conforme la pauta reglamentaria (Arts. 3° y 15° del "Reglamento de ingreso al MPD"). TEMARIO: para el escalafón “Técnico Jurídico”: 1. Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa —Ley Nro. 27.149—. 2. Excarcelación. 3. Recursos. 4. Ley 23.737. 5. Trata y tráfico de personas. 6. Contrabando. 7. Nulidades y garantías en el proceso penal. 8. Amparo. 9. Ley Nacional de Migraciones. b) para el escalafón “Técnico Administrativo”: 1. Constitución Nacional. 2. Ley orgánica del Ministerio Público de la Defensa (Ley Nro. 27.149). 3. Régimen Jurídico para los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. c) para el escalafón de “Servicios Auxiliares”: 1. El que surge del material publicado en la página web de este Ministerio Público de la Defensa. RECORDAR que los mecanismos de examen configuran un requisito ineludible para acceder a los agrupamientos “Técnico Jurídico”, “Técnico Administrativo” y de “Servicios Auxiliares” del MPD y que su aprobación no confiere al /a la postulante un derecho a reclamar su designación en cargo permanente o no permanente dentro de este Ministerio, sino a integrar una nómina que se administrará conforme lo establecido en el Reglamento de ingreso al MPD. De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 22°, quinto párrafo; 35° y 47°, aquellos integrantes de cualquier orden de mérito que, debidamente citados, no comparecieren o rechazaren una propuesta de designación para una determinada jurisdicción, serán excluidos de la lista. |
+ PERIODO DE INSCRIPCION (16/08/2016 al 19/08/2016) Y LISTADO DE INSCRIPTOS (Publicado el 24/08/2016)
Se le recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 22°, primer párrafo; 33°, primer párrafo; y 45°, primer párrafo, del Régimen de Ingreso al Ministerio Público de la Defensa, cada Orden de Mérito que surge de los exámenes que se sustancian en cada jurisdicción habilitan al postulante a ser propuesto únicamente en dicha jurisdicción.
En consecuencia, y toda vez que el proyecto de la Defensoría General de la Nación comprende la sustanciación de exámenes en todas las jurisdicciones del país durante el presente año 2016, se recomienda y solicita inscribirse sólo en aquellas jurisdicciones en las que se está dispuesto a prestar funciones.
+ CRONOGRAMA DE EXAMENES (Publicado el 06/09/2016)
1. Cada postulante deberá identificar, según el detalle obrante en el cronograma, el día, hora y sede asignados para rendir su examen.
2. No se admitirán cambios de turnos, sin excepciones. Para el supuesto en que algún postulante note que el turno en que debe rendir el examen para un agrupamiento se superpone con aquel en que deberá rendir para otro agrupamiento dentro de una misma ciudad, deberá presentarse en el primero de ellos y hacer saber tal circunstancia al personal de la Secretaría.
3. Cada postulante deberá concurrir a rendir la evaluación, munido del documento que hubiera denunciado, a fin de acreditar su identidad.
4. Cada postulante deberá traer consigo material de escritura (lapicera, bolígrafo o birome, NO LAPIZ). La Secretaría no proveerá de dicho material.
5. Se ruega respetar los horarios asignados para el ingreso. Debido a la masiva concurrencia prevista para cada día, se solicita no arribar con demasiada anticipación.
Podrán traer consigo el material normativo, doctrinario o jurisprudencial que deseen utilizar, con excepción de modelos y/o copias de escritos, únicamente en formato impreso.
No se admitirá el uso de dispositivos electrónicos de almacenamiento de datos, como así tampoco el acceso a ningún otro programa que no sea el determinado por la organización, ni a exploradores de internet.
El examen consistirá en la elaboración de una solución a un problema jurídico, en el que se examinará el grado de conocimiento específico en el área de derecho que requiera el cargo, en función del temario fijado en la convocatoria publicada en la página web.
+ DICTAMEN DEL TRIBUNAL EXAMINADOR RECTIFICATORIO (Publicado el 24/10/2016)
Se hace saber que, por un error material involuntario, en el Dictamen de Evaluación de fecha 12 de octubre de 2016, publicado en el portal web el día 17 de octubre 2016, se omitió considerar que, por las características técnicas de las impresoras con las que se contaban en la Institución donde se tomaron los exámenes, se había resuelto cambiar el formato de la hoja que estaba previsto para los mismos —oficio o legal— por el formato A4, modificándose, en consecuencia, los límites máximos de hojas para cada caso —caso penal: cinco (5) y caso no penal: tres (3)—.
En virtud de ello, el Tribunal Examinador emitió un nuevo Dictamen de Evaluación, rectificatorio del de fecha 12 de octubre de 2016, adaptándolo a la circunstancia expuesta en el párrafo anterior, el cual quedará notificado el 25 de octubre de 2016 pudiendo los/as postulantes impugnar las calificaciones asignadas hasta el día 28 de octubre de 2016.
Con relación a las impugnaciones que ya han sido presentadas, las mismas serán dejadas sin efecto, debiendo los recurrentes presentar una nueva, si lo consideraran pertinente.
Se les recuerda a todos los postulantes que, conforme establece el artículo 18º, dentro de los tres (3) días de notificados/as, podrán impugnar las calificaciones de su prueba de oposición efectuadas en el dictamen del artículo 17º, siendo esta oportunidad la única en todo el procedimiento en que podrán hacerlo. Las impugnaciones sólo podrán basarse en arbitrariedad manifiesta, error material o vicio grave de procedimiento.
Este recurso deberá interponerse ante el Tribunal Examinador y fundarse por escrito, acompañando la prueba pertinente.
La impugnación deberá realizarse por escrito, el que luego de ser impreso, firmado y escaneado, deberá remitirse vía correo electrónico a la Secretaría de Concursos (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.). Sólo serán consideradas aquellas impugnaciones que cumplan con tales requisitos formales, dejándose sin efecto las presentaciones en forma personal y las remisiones postales.
Las impugnaciones que no respeten los requisitos antedichos, serán rechazadas in límine.
Dictamen de corrección de Exámenes RECTIFICATORIO
+ EVALUACION DE ANTECEDENTES (Actualizado el 13/02/2017)
El 2 de diciembre de 2016 se publicó la Evaluación de Antecedentes, quedando notificada a los efectos reglamentarios el 6 de diciembre de 2016. Los postulantes podrán impugnar las calificaciones asignadas hasta el 13 de diciembre de 2016.
Las impugnaciones sólo podrán basarse en arbitrariedad manifiesta, error material o vicio grave de procedimiento. Este recurso deberá interponerse ante el Tribunal Examinador y fundarse por escrito, acompañando la prueba pertinente.
La impugnación deberá realizarse por escrito, el que luego de ser impreso, firmado y escaneado, deberá remitirse vía correo electrónico a la Secretaría de Concursos. Sólo serán consideradas aquellas impugnaciones que cumplan con tales requisitos formales, dejándose sin efecto las presentaciones en forma personal y las remisiones postales.
Las impugnaciones que no respeten los requisitos antedichos, serán rechazadas in límine.
El 13 de febrero de 2017 se hizo saber que por un error material involuntario en la Evaluación de Antecedentes de fecha 30 de noviembre de 2016, publicado en el portal web el día 2 de diciembre 2016, se omitió evaluar los antecedentes de la Dra. Gabriela Vanesa LEDESMA, razón por la cual el Tribunal Examinador emitió una nueva Evaluación de Antecedentes rectificatoria de la anterior.
+ RESOLUCIÓN DE IMPUGNACIONES -EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES- (No hubo)
No se presentaron reconsideraciones.
+ ORDEN DE MERITO PREVIO A LA ACREDITACION DE ANTECEDENTES -RECTIFICADO- (Publicado el 22/12/2016)
El día 22 de diciembre de 2016 se publicó el Orden de Mérito previo a la acreditación de antecedentes rectificado. Se deja constancia que el plazo para la presentación de la documentación que acredite los antecedentes valorados oportunamente vencerá el próximo 28 de diciembre de 2016, y se aplicará la disposición del art. 5º de la Res. DGN nº 1146/15 y modif. (Art. 5º. Todos los plazos establecidos en el presente Reglamento se contarán en días hábiles judiciales, salvo disposición en contrario. Si el plazo venciera en día feriado o inhábil, se considerará prorrogado de pleno derecho al día hábil subsiguiente. En el caso de remisión por vía postal, se tendrá como válida la fecha de imposición del sello respectivo o la constancia expedida por el servicio de correos, siempre y cuando la misma se encuentre dentro del plazo de presentación que corresponda y el material sea recibido en la SC dentro de los diez (10) días corridos contados a partir de la fecha de culminación del plazo de que se trate.).
Se recuerda a aquellos/as postulantes a los/as que se los/as haya intimado para acreditar sus antecedentes en más de un examen, que deberán presentar un juego de documentación por cada intimación recibida. Caso contrario, y de no especificarse para cuál de ellos se está presentando la documentación, el único juego recibido será considerado para la acreditación de la primera intimación enviada.
Orden de Mérito previo a la acreditación de los antecedentes rectificado
+ ORDEN DE MERITO CONF. ART 21 RES DGN Nº 1124/15 (Actualizado el 08/06/2018)
Orden de Mérito conf. art. 21 Res. DGN 1124/15 al 29/08/17 (Publicado el 16/04/2018)
Orden de Mérito conf. art. 21 Res. DGN 1124/15 -RECTIFICADO- al 08/06/18 (Publicado el 08/06/2018)
+ PRORROGA DEL VENCIMIENTO DEL EXAMEN (Actualizado el 13/02/2019)
El 22 de mayo se publicó la Resolución DGN nº 737/18 mediante la cual se resolvió prorrogar la vigencia del examen hasta el 31 de diciembre de 2018 o hasta la sustanciación de un nuevo examen que de lugar a un nuevo orden de mérito, lo que ocurra primero.
El 13 de febrero se publicó la Resolución DGN nº 98/19 mediante la cual se resolvió prorrogar la vigencia del examen hasta la sustanciación de un nuevo examen que de lugar a un nuevo orden de mérito.