En el marco de la cuarta sesión plenaria de la Asamblea General de la OEA, celebrada el 5 de junio de 2018, se adoptó la Resolución 2928 (AG/RES. 2928 (XLVIII-O/18)), que versa sobre distintas cuestiones relativas a la promoción y protección de los derechos humanos, entre las que se incluyó a la defensa pública. Cabe destacar que dicha inclusión se hizo a instancias de la AIDEF, en especial, de la Defensoría General de la Nación, a través de la Misión de la Argentina en la OEA.
El punto iii) de la parte I de la resolución se denomina "Hacia la defensa pública oficial autónoma como salvaguarda de la integridad y libertad personal".
En tal apartado se recordó la adopción de la Guía regional para la defensa pública y la protección integral de las personas privadas de libertad; los Manuales de Monitoreo de Derechos Humanos en los Centros de Privación de Libertad por parte de las Defensorías Públicas: Visitas Generales y Entrevistas Individuales; el Manual regional de buenas prácticas penitenciarias y el Manual Regional: las Reglas de Bangkok en clave de Defensa Pública, elaborados por la AIDEF de los que la Asamblea General tomara nota (conf. AG/RES. 2887 (XLVI-O/16).
Así mismo se recordó que la Asamblea General tomó nota de los Principios y Directrices sobre Defensa Pública en las Américas aprobados por unanimidad por el Comité Jurídico Interamericano a través de la resolución CJI/RES. 226 (LXXXIX-O/16) en el marco del 89º Periodo Ordinario de Sesiones llevado a cabo en la ciudad de Río de Janeiro el 16 de octubre de 2016.
En relación con tales documentos, sumado el Informe sobre medidas dirigidas a reducir el uso de la prisión preventiva en las Américas y la Guía Práctica para reducir la prisión preventiva adoptados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2017), se resolvió
“1. Alentar a los Estados y en particular a las instituciones de defensa pública oficial de las Américas a considerar, difundir y aplicar, en el marco de sus competencias, los documentos elaborados por la AIDEF, el Comité Jurídico Interamericano y por la Comisión Interamericana DE DERECHOS HUMANOS mencionados en los considerandos, y alentar que las instituciones de defensa pública oficial de las Américas fortalezcan o establezcan mecanismos de monitoreo de centros de detención, especialmente, para prevenir y denunciar tratos crueles, inhumanos y degradantes en los contextos de encierro, incorporando una perspectiva de género y enfoques diferenciados para personas en condiciones de vulnerabilidad y/o históricamente discriminadas.
- Alentar asimismo a los Estados y a las instituciones de defensa pública oficial a procurar el absoluto respeto a las labores de los defensores públicos en el ejercicio de sus funciones, libre de injerencias y controles indebidos por parte de otros poderes del Estado, como una medida para garantizar el derecho de acceso a la justicia de todas las personas, en particular de aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
- Exhortar a los Estados Miembros y a las instituciones de defensa pública oficiales en las Américas a que garanticen a las mujeres acceso efectivo e igualitario a la justicia, sin discriminación de ninguna naturaleza”.
En tal sentido, en el punto II de la resolución -"Seguimiento de Informes"- se solicita al Consejo Permanente que, a través de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos realice “una séptima sesión especial de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos de la OEA sobre los mecanismos de monitoreo de los centros de detención que lleva adelante cada institución de defesa pública oficial de la región en el primer trimestre de año 2019, con la presencia de los Estados Miembros y sus respectivas instituciones públicas oficiales de asistencia jurídica, de integrantes de la AIDEF, de la CIDH a través de su Relatoría sobre los derechos de las personas privadas de libertad, expertos del sector académico y de la sociedad civil, así como de las organizaciones internacionales. La asistencia de los miembros de AIDEF estará garantizada por esa organización”.