Durante su 54° período de sesiones, llevado a cabo entre el 26 y el 28 de junio, la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobó una nueva Resolución sobre “Promoción y Protección de Derechos Humanos”. Allí, en el primer punto, se resalta la temática “El rol de la Defensa Pública Oficial en la justicia en asuntos ambientales.”
Esta inclusión fue propuesta por la misión permanente de Argentina en la OEA, a instancias de la Defensoría General de la Nación, y contó con el apoyo de todos los demás Estados, en el marco de las políticas de fortalecimiento de la defensa pública en la región que lleva adelante la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (AIDEF).
La OEA resolvió "alentar a los Estados a garantizar la prestación de asistencia jurídica oportuna, competente y gratuita, en el marco de sus competencias, para la defensa de los derechos relacionados con un ambiente limpio, sano y sostenible [...] reafirmando la importancia fundamental de la autonomía e independencia de las Defensorías Públicas Oficiales de las Américas y de su rol como garantes del acceso a justicia."
Además, instó a los Estados a fortalecer la defensa pública en materia de acceso a la justicia en asuntos ambientales mediante la formación y especialización de defensores/as públicos/as en la práctica del litigio en materia ambiental y de la defensa de los derechos al acceso a la justicia e información en asuntos ambientales.
También solicitó a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos (CAJP) que celebre una sesión extraordinaria en el primer trimestre de 2025 sobre “El rol de la defensa pública oficial en la justicia en asuntos ambientales”, con el fin de promover el intercambio de experiencias y buenas prácticas. Allí se espera la presencia de los Estados Miembros y sus respectivas instituciones públicas oficiales de asistencia jurídica, de integrantes de la AIDEF, expertos del sector académico y de la sociedad civil, así como de organizaciones internacionales.
Para realizar este pronunciamiento, la OEA tomó en cuenta el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (el “Acuerdo de Escazú”), así como la Opinión Consultiva 23/17 de la Corte IDH y la Resolución 3/2021 de la CIDH, ambas referidas a la protección de los derechos humanos en relación a emergencias climáticas y ambientales.
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