El pasado 22 de mayo, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº2 (TOCF 2) resolvió fijar un monto de $ 44.104.091,20, sujeto a actualización por inflación al momento efectivo del cobro, como reparación integral a una persona damnificada por explotación sexual y laboral. El valor se cubrirá con la venta en subasta pública de un inmueble ubicado en la Ciudad de Buenos Aires en el que sucedieron los hechos y que se decomisó en el marco de esta causa judicial. En el proceso penal, que impuso penas de prisión a dos personas, la víctima es representada por el Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación (DGN).
El pedido de reparación de la víctima, identificada en el expediente como E. M. I., por los perjuicios sufridos y situaciones aberrantes a la que fue sometida junto a sus dos hijos menores de edad, entre los años 2010 y 2014, lo realizó el Dr. Pablo Rovatti, Defensor Público Coadyuvante y coordinador del Programa de la DGN, con la colaboración de la Dra. María de la Paz Herrera, Secretaria de Primera Instancia de esa dependencia.
El defensor calificó a E. M. I. como atravesada por diversos factores de vulnerabilidad al momento de los hechos: su condición de género, estar a cargo de hijos menores de edad y haber sido sometida a cautiverio cuatro años, durante los cuales sus captores frustraron sus intentos por liberarse. Durante su sujeción, la víctima fue sometida a diferentes formas de violencia física y sexual y obligada a realizar tareas textiles en condiciones incompatibles con la dignidad humana. Sus hijos también sufrieron agresiones y fueron testigos de la violencia perpetrada contra su madre. Estos hechos configuran una manifestación de la discriminación por razones de género y de la violencia contra las mujeres.
Al lograr escaparse con sus hijos, E. M. I. formuló la denuncia y el Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata constató su situación y recibió su relato. Tras el dictado de la sentencia condenatoria, en el año 2023, la damnificada se acercó al Centro de Asistencia a las Víctimas de Delitos (CENAVID) en busca de asesoramiento y fue derivada al Programa de la DGN. La Defensa Pública abordó el caso con perspectiva de género y pidió al tribunal que fije un monto de reparación del daño que, en alguna medida, compense las gravísimas violaciones de los derechos humanos cometidas por los condenados.
Para ello, en su presentación, fechada el 19 de diciembre pasado, Rovatti consideró que la reparación debía abarcar no sólo del daño material, sino también del daño psicológico y moral. Tras detallar los daños sufridos por la víctima en cada uno de esos rubros y proponer su cuantificación monetaria, el defensor concluyó que el monto total de reparación debía determinarse en $36.839.320. Además, pidió que el importe sea actualizado conforme al índice de inflación acumulada y con intereses a devengarse conforme la tasa activa para operaciones de préstamos que cobre el Banco de la Nación Argentina al momento de efectuarse el pago.
Para fijar el monto de la indemnización, el TOCF 2 consideró la existencia del Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata, creado por la ley 27.508 para hacer frente a las restituciones económicas que ordenen los tribunales en favor de víctimas de casos de trata y explotación, con el fin de reponer las cosas al momento anterior a la comisión del delito, tal como lo prevén las normas internas e internacionales.
Además, así como lo establece la norma que instituyó el mencionado Fondo, con el propósito de alcanzar de manera pronta y eficaz el resarcimiento de la víctima a través del pago de los $ 44 millones, el TOCF encomendó a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) subastar un inmueble ubicado en la Ciudad de Buenos Aires, que se decomisó en el marco de esta causa judicial.
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