La Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil resolvió confirmar una sentencia de desalojo que no podrá hacerse efectivo hasta que se garanticen medidas efectivas de resguardo del derecho a la vivienda de las personas que ocupan el inmueble. Para esta causa, la Defensora General de la Nación, Dra. Stella Maris Martínez, creó un equipo de trabajo integrado por el Defensor Público Oficial ante los Juzgados y Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Comercial y del Trabajo Nº 1, Dr. Antonio Salgado, y por la Dra. Romina Tuliano Conde y el Dr. Sebastián Tedeschi, como defensores públicos coadyuvantes.
El fallo tiene lugar luego de que el equipo de trabajo y de la Defensora Pública Oficial de Menores e Incapaces ante los Tribunales Nacionales de Segunda Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo, Dra. María Cristina Martínez Córdoba, apelaron la sentencia de desalojo por considerar que violaba el derecho a una tutela efectiva y era arbitraria por carecer de perspectiva en derechos humanos.
Así, la Dra. Martínez Córdoba pidió que se suspenda el trámite de los presentes actuados hasta tanto se encuentre garantizado el derecho a la vivienda de sus defendidos, teniendo en cuenta que el dictamen no consideró el interés y el bienestar de sus asistidos, haciendo caso omiso a la particular situación que atraviesan.
El Dr. Tedeschi, quien además de integrar el equipo de trabajo es quien coordina el Programa de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Defensoría General de la Nación, remarcó que "el fallo es muy valioso porque es la primera vez que la Cámara Civil aplica plenamente el estándar de derechos humanos previsto por el Comité DESC que prevé no desalojar sin previamente garantizar el derecho a la vivienda de los ocupantes".
La Sala M consideró que “los desalojos deben efectuarse de acuerdo con las disposiciones de los pactos internacionales de derechos humanos. Más aún cuando, como en el caso, la vivienda se encuentra habitada por una gran cantidad de personas, entre las cuales hay niños y niñas, quienes pueden verse afectados en forma `desproporcionada´ por la medida”.
De esta manera, la Cámara confirma la sentencia apelada, pero aclara que no podrá efectivizarse el desalojo hasta tanto se garanticen medidas efectivas de resguardo del derecho a la vivienda de las personas que ocupan actualmente el inmueble.
Quienes deseen ver el fallo pueden hacerlo AQUÍ.