El Programa de Resolución Alternativa de Conflictos (PRAC) de la Defensoría General de la Nación (DGN), coordinado por la Dra. Silvana Greco, condujo un proceso de diálogo y negociación en un conflicto con la ley penal con efectos comerciales que culminó en la suscripción de un acuerdo entre sus actores.

En la justicia penal se investigaban los delitos de administración fraudulenta y encubrimiento en relación a la anulación de una transferencia bancaria en perjuicio de una empresa por parte de dos empleados de un banco público en beneficio de uno de ellos. La causa llevaba 8 años en trámite y se encontraba en etapa de juicio ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1. A su vez, la sociedad presunta damnificada transitaba un proceso de quiebra ante el Juzgado Comercial N° 29. La síndica concursal se había presentado en la causa penal como parte querellante.

En este contexto el Defensor Público Coadyuvante de uno de los imputados, Dr. Tomás Villacian de la Defensoría Pública Oficial Adjunta ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal Nº 2 -cuya titular es la Dra. Pamela Bisserier Díaz-, solicitó la intervención del PRAC para intentar una vía alternativa de solución del conflicto.

El equipo mediador del PRAC, conformado por las abogadas mediadoras Laura Inés Iorio y Verónica Inés Viale, facilitó un proceso de comunicación y diálogo a través de múltiples reuniones y comunicaciones informales -presenciales y a distancia- con las partes involucradas: una de las personas imputadas, residente en Córdoba, su Defensor Público Coadyuvante, la otra persona imputada residente en la CABA y su abogado defensor particular, y la síndico de la quiebra y sus dos letrados patrocinantes en la querella.

Las conversaciones condujeron a un acuerdo entre las partes del conflicto y sus letrados, por el cual las personas imputadas se comprometieron a realizar un pago en beneficio del proceso concursal, a la vez que resolvió la cuestión sobre cómo proceder en relación a los honorarios de los abogados querellantes.

La firma de este acuerdo facilitado por mediadoras requería la autorización por parte de la jueza comercial para ser firmado por la síndica, así como la homologación del Tribunal Oral para que su cumplimiento surtiera efectos en la causa penal. De modo que, para su culminación, el trabajo de las facilitadoras requirió crear puentes para activar la cooperación y coordinación de los abogados y jueces de los fueros penal y comercial.

Cabe destacar que, en línea con la desburocratización y agilidad de los procesos de facilitación mediados, el Tribunal Oral tuvo por válidas las conformidades de las partes expresadas ante las mediadoras del PRAC y enviadas al correo electrónico oficial del Ministerio Público de la Defensa.

Por su parte, la Fiscalía consideró que el carácter de funcionarios públicos de los imputados no representaba un obstáculo legal para aplicar la reparación integral, que el banco público en cuestión no había sufrido perjuicio alguno y que el delito no estaba comprendido dentro de los supuestos de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, por lo que no existían suficientes razones de política criminal para oponerse al acuerdo.

La homologación y el cumplimiento de lo convenido entre las partes extinguió la acción penal en trámite.

Este modo de resolver el conflicto -participativo, dinámico, flexible y accesible para sus actores- tuvo impacto directo en la vida de las personas imputadas, permitió a los abogados querellantes encontrar una solución a sus intereses de forma simple y ágil, y benefició al mismo tiempo al conjunto de acreedores al incorporar montos dinerarios en favor de la quiebra sin mayores formalismos ni dilaciones. Por último, permitió al sistema judicial brindar una respuesta ajustada a derecho con mayor celeridad, resolviendo de manera consensuada en sólo dos meses un conflicto que llevaba 8 años de trámite judicial.

Para mayor información contactarse con el PRAC al siguiente correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.