El pasado viernes 20 de mayo, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº1 de la ciudad de Mar del Plata condenó a penas de entre 6 y 25 años de prisión a tres integrantes de una secta acusados del delito de trata de personas con fines de explotación, reducción a la servidumbre y alteración de identidad de menores.
En la parte dispositiva de su veredicto, alcanzado por unanimidad, los magistrados consideraron que, en el juicio, desarrollado durante más de ocho meses, quedó acreditada la responsabilidad penal de los acusados por el delito de "trata de personas, bajo la modalidad de captación y acogimiento, con fines de explotación laboral y reducción a la servidumbre" de cuatro víctimas. Los condenados fueron identificados como miembros de una organización que funcionó desde 1970 en Venezuela y Argentina hasta que fue desarticulada el 3 julio de 2018 en su sede del Hotel City, en pleno centro marplatense.
El fallo dispuso, además, reparaciones económicas por 30 millones de pesos para dos de las víctimas y de 15 y 10 millones para otras dos por el "daño moral" sufrido, en línea con pedidos realizados en ese sentido por la defensora pública de la Víctima de la provincia de Buenos Aires (DPV), Dra. Inés Jaureguiberry. Lo inédito de dicha reparación es que los jueces dispusieron que las sumas de dinero, al constituir una deuda de valor, devengarán un interés a partir del decisorio conforme a la tasa activa para operaciones de préstamos que cobre el Banco de la Nación Argentina.
Para poder hacer efectivas estas reparaciones, los jueces ordenaron el decomiso de todos los bienes de la secta; entre ellos, la sede del hotel ubicado en Diagonal Alberdi al 2500 -donde funcionó la banda hasta que fue desbaratada-, dos departamentos en la Ciudad de Buenos Aires, tres vehículos y dinero en efectivo y depositado en cuentas bancarias en Estados Unidos y Andorra. Además, se dispuso el secuestro de todas las armas y municiones encontradas durante el allanamiento en el Hotel City.
En la lectura de la sentencia, el Dr. Falcone, presidente del tribunal, informó que los fundamentos del veredicto se darán a conocer el próximo 21 de junio.
El caso
El juicio por los delitos cometidos por esta organización con rasgos de secta se inició en septiembre de 2021. Tras las declaraciones de decenas de testigos, las Dras. Inés Jaureguiberry y Manuela Parra, defensora coadyuvante, solicitaron al Tribunal Oral Federal de Mar del Plata la reparación integral de las cinco víctimas que representan en el caso.
Pese al fallecimiento de los principales acusados durante el proceso, la DPV continuó actuando en representación de cinco víctimas para que se haga efectivo su derecho a conocer la verdad de lo sucedido y a obtener una reparación integral. Las personas ahora condenadas no habían sido acusadas por la querella patrocinada por la DPV.
A partir de la prueba producida en el debate, en su alegato la DPV afirmó que desde los años ‘70 y hasta el 3 de junio de 2018 funcionó una organización delictiva con rasgos de secta de naturaleza religiosa, que utilizaba la apariencia de un ministerio o grupo de yoga con influencias de la filosofía hindú para captar personas aprovechándose de su situación de vulnerabilidad, trasladarlas, acogerlas, explotarlas y reducirlas a la servidumbre.
En el marco de esa organización, nacieron hijos e hijas del líder de la organización y mujeres del grupo, que fueron inscriptas/os como hijas/os de otros miembros de la congregación, alterando y ocultando su verdadera identidad. Además, el líder y otro miembro del grupo cometieron abusos sexuales contra las víctimas.
Si bien no es posible establecer la fecha exacta de inicio de sus actividades, se probó que en el año 1968 ya funcionaba el Instituto de Estudios Yoguisticos Yukteswar, que habría actuado como una pantalla para identificar personas vulnerables y captarlas para su explotación.
En el alegato la DPV también afirmó que la compleja logística criminal se extendió por más de cinco décadas, y fue desplegada en distintas jurisdicciones de forma ininterrumpida, persistiendo la voluntad y las conductas dirigidas a someter y explotar laboralmente a las víctimas. Lamentablemente, dicha modalidad delictiva marca la realidad de esta nueva manera de explotación.