La Defensora Pública de la Víctima (DPV) Inés Jaureguiberry y la defensora coadyuvante Manuela Parra solicitaron ayer al Tribunal Oral Federal de Mar del Plata la reparación integral de las cinco víctimas que representan en el caso de la llamada “secta yogui”, un grupo coercitivo que habría funcionado en el hotel City de Mar del Plata desde la década del ’70 hasta el 3 de julio de 2018. 

Pese al fallecimiento de los principales acusados, la Defensora Pública de la Víctima continúa actuando en representación de cinco víctimas para que se haga efectivo su derecho a conocer la verdad de lo sucedido y a obtener una reparación integral.

Para evaluar los daños y considerar los montos de la reparación, la DPV contó con un dictamen del Programa de Asesoramiento y Promoción de Derechos de las Víctimas del Delito de Trata de Personas de la Defensoría General de la Nación (DGN), que coordina Marcela V. Rodríguez. 

El dictamen concluyó que, en función de la especificidad de los hechos sufridos por cada una de las cinco víctimas representadas, la reparación debe ascender para cada una a valores de entre 35 y 61 millones de pesos. Se tuvo en cuenta para ello la reparación del daño moral, el daño al proyecto de vida, la lesión al derecho a la identidad, el daño psicológico, el daño emergente, y el daño por la violencia sexual. 

Para que la reparación se haga efectiva, la DPV solicitó se disponga el decomiso del Hotel City, departamentos, cuentas bancarias y automóviles pertenecientes a la organización delictiva, a fin de ser destinados a satisfacer las reparaciones integrales. Además, pidió que se disponga la prioridad de las víctimas en el cobro. 

La DPV afirmó que pudo acreditarse durante el debate que los imputados captaron, trasladaron y acogieron a distintas personas, con la finalidad de reducirlas a la servidumbre y materializar su explotación laboral y sexual. 

De acuerdo a la DPV, en el caso de las cinco víctimas que representa, el delito es agravado también por ser el líder de la secta su ascendiente, y por el abuso de autoridad que ostentaba por ser un líder espiritual y autoridad moral para ellos. El acusado se habría aprovechado además de la edad y el estado de vulnerabilidad de las cinco víctimas. 

El dictamen del Programa de Asesoramiento y Promoción de Derechos de las Víctimas del Delito de Trata de Personas, que formó parte del alegato, explicita que en el caso debe considerarse la reparación del daño moral, el daño al proyecto de vida, la lesión al derecho a la identidad, el daño psicológico, el daño emergente, y el daño por la violencia sexual, entre otros. En el dictamen, Marcela Rodríguez elabora el concepto de daño producto de la explotación y detalla que las víctimas fueron sometidas a tareas penosas y en jornadas extenuantes, en un contexto abyecto y que fueron obligadas a generar ganancias para la organización criminal, a la vez que se les privó de ingresos y de la posibilidad de tener un trabajo digno. 

El caso

En el alegato, la DPV detalló que, a partir de la prueba producida en el debate, se podría afirmar que desde los años ‘70 y hasta el 3 de junio de 2018 funcionó una organización delictiva con rasgos de secta de naturaleza religiosa que utilizaba la apariencia de un ministerio o grupo de yoga con influencias de la filosofía hindú para captar personas aprovechándose de su situación de vulnerabilidad, trasladarlas, acogerlas, explotarlas y reducirlas a la servidumbre. 

En el marco de esa organización, nacieron hijos e hijas del líder de la organización y mujeres del grupo, que fueron inscriptas/os como hijas/os de otros miembros de la congregación, alterando y ocultando su verdadera identidad. El líder y otro miembro del grupo habrían cometido abusos sexuales. 

Si bien no es posible establecer la fecha exacta de inicio de sus actividades, se encontraría probado que en el año 1968 ya funcionaba el Instituto de Estudios Yoguisticos Yukteswar, que habría actuado como una pantalla para identificar personas vulnerables y captarlas para su explotación. 

En el alegato la DPV afirmó que la compleja logística criminal se extendió por más de cinco décadas, y fue desplegada en distintas jurisdicciones de forma ininterrumpida, persistiendo la voluntad y las conductas dirigidas a someter y explotar laboralmente a las víctimas.