Ayer, en la ciudad de Ushuaia comenzó el juicio de revisión por el caso de Alika Kinan, el primero en que una víctima que querelló y consiguió la condena de sus captores y al Estado por trata de personas y explotación sexual y también la reparación de los daños y perjuicios sufridos. En este caso, con la representación jurídica de la Defensoría General de la Nación (DGN) en abril de 2018, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal recogió los planteos de la querella y la acción civil quien reclamó que se considere que todas las personas intervinientes tienen el carácter de coautoras, que se aplique la agravante por ser tres tratantes, y que la indemnización alcance todo el período en que se victimizó a Alika Kinan y no solo parte de este.

Los actos procesales que tuvieron lugar en la audiencia de ayer, en la que participaron por la querella los secretarios letrados de la DGN Julio Martínez Alcorta y Hugo Celaya, fueron la resolución de un planteo de nulidad de la defensa particular y la declaración indagatoria de una de las coimputadas, Lucy Alberca Campos, que es defendida por el defensor público oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Ushuaia, José Bongiovanni.

El tribunal con nueva integración -los jueces Guillermo Quadrini, Mario Reynaldi y Alejandro Ruggero-, deberá rever el rol de Ivana Claudia García y Lucy Campos Alberca, condenadas a 3 años en suspenso como partícipes secundarias y evaluar su intervención y pena correspondiente como coautoras y reconocer el monto indemnizatorio conforme el período de explotación de Alika Kinan.

Ivana García era la pareja de Pedro Montoya, dueño del prostíbulo El Sheik en Ushuaia, y Lucy Alberca Campos, junto a la pareja del dueño, estaba a cargo de su dirección cotidiana y de realizar acciones dirigidas a su funcionamiento, como las de trasladar mujeres víctimas desde distintos puntos del país.
Tanto el Tribunal Federal Oral de Tierra del Fuego como la Cámara Federal de Casación Penal determinaron que la Municipalidad de Ushuaia fue responsable de habilitar el comercio en el que se explotó sexualmente a Kinan y a la testigo FAR, junto a las demás víctimas, bajo el solapado rubro “club nocturno”, generando el riesgo que sus derechos fueran violentados por los tratantes. Fue el propio Estado Municipal quien creó este riesgo y mientras se aprovechaba de las ganancias del delito. De acuerdo con la Casación, ocupó el papel de un “Estado proxeneta”.

Una ordenanza regulaba la situación de las mujeres explotadas, bajo el subterfugio de llamarlas "alternadoras", disponía que debían contar con libreta sanitaria. Se probó que los controles médicos para el otorgamiento y renovación de las libretas sanitarias se centraban en exámenes ginecológicos y de sangre para determinar si las victimas sufrían alguna infección de transmisión sexual. Todos estos trámites debían ser pagados por las víctimas y se convertía en mayor recaudación para el municipio.

Durante el juicio, Alika Kinan y la testigo FAR refirieron que los funcionarios municipales acudían frecuentemente al prostíbulo y solicitaban la exhibición de la libreta sanitaria y que tenían un trato humillante con las víctimas a quienes les exigían “un pase gratis” bajo amenaza de quitarles la libreta sanitaria.

Los tratantes mantuvieron un sistema de deudas, sanciones y multas, aprovechando la situación de vulnerabilidad de las víctimas, mediante el cual les impedían irse y anulaban cualquier posibilidad de autodeterminación.