Hoy se conmemora el Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Personas que instauró la Conferencia Mundial de la Coalición Contra el Tráfico de Personas en enero de 1999. La fecha recuerda que un 23 de septiembre de 1913 se promulgó en Argentina la primera norma legal del mundo contra la explotación sexual: la Ley Palacios.
En este día, la Defensoría General de la Nación reafirma que es necesario adoptar un enfoque holístico e integral para prevenir y combatir la explotación sexual y la trata de personas, que esté basado en los derechos humanos y que responda a las necesidades específicas de las víctimas y las posibles víctimas.
La trata de personas es un delito pluriofensivo que vulnera la libertad, la autodeterminación, la dignidad, y la integridad física, psíquica y sexual, entre otras áreas de la vida. Puede afectar a mujeres, varones, niñas y niños. Sin embargo, de acuerdo con un Informe Mundial de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), las mujeres y las niñas constituyen las principales víctimas, con porcentajes del 51% y el 20%, respectivamente.
Es por ello que, según lo previsto en la Convención de Belem do Pará, y en palabras de la Relatora sobre los Derechos de las Mujeres de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Margarette May Macaulay, “la trata de personas constituye una forma de violencia contra las mujeres y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres”. Según la comisionada, “la discriminación de género y el machismo presentes en muchos países de la región son factores que explican el impacto desproporcionado que tiene la trata de personas en la victimización de mujeres”.
A categorías sociales como el género, la edad, los factores raciales y la posición económica, que superpuestas pueden aumentar la vulnerabilidad de determinados grupos a la trata y la explotación, se suma este año el impacto de la pandemia de COVID-19. Un informe de UNODC advierte que la falta de vivienda, servicios de salud y asistencia jurídica, entre otros, puede aumentar la vulnerabilidad de las víctimas, exponiéndolas a la enfermedad. A ello se agregan nuevos modelos de negocios que, a partir del uso indebido de la tecnología, vuelven a las víctimas menos visibles para las autoridades. También otros organismos internacionales, como la CIDH, han llamado a reforzar el abordaje de estos delitos en el contexto actual que atraviesa la región y el mundo.
Las respuestas a la explotación y a la trata de personas deben centrarse en la prevención, en la investigación, en el juicio y en la sanción de los responsables, así como en el respaldo y en la reparación a las víctimas. Los procesos penales deben otorgar a las víctimas un papel preponderante en ellos y asumir como propios los objetivos de la ley 26.842, para proteger y asistir de mejor manera a las personas afectadas.
La Ley 26.842 otorga numerosos derechos a las víctimas de trata, hayan hecho o no la denuncia. Entre ellos, el derecho a ser oídas/os en todas las etapas del proceso judicial, el derecho a recibir asesoramiento legal integral y patrocinio jurídico gratuito y el derecho a prestar testimonio en condiciones especiales de protección y cuidado.
En el Ministerio Público de la Defensa, el Programa de Asesoramiento y Patrocinio para las Víctimas del Delito de Trata de Personas interviene en la defensa y la promoción de los derechos de estas personas, para facilitar su acceso a la justicia y su asistencia jurídica integral.