El Programa sobre Temáticas de Salud, Discapacidad y Personas Mayores de la Defensoría General de la Nación (DGN) informa que, a raíz de la emergencia pública en materia sanitaria por la pandemia de coronavirus COVID-19, tanto el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI) como la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) adoptaron medidas para evitar la propagación de la enfermedad.
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
El INSSJP-PAMI implementó nuevas disposiciones para que las personas afiliadas no tengan que acercarse a las agencias o a las Unidades de Gestión Local (UGL) para realizar algunos trámites. Las sólo atenderán cuestiones ligadas a tratamientos oncológicos que requieran un trámite personal.
A través de la página web del organismo se podrán gestionar el inicio del tramite de afiliación, la certificación negativa de PAMI digital y la impresión de la credencial online. También se dispuso que la renovación de los medicamentos será automática, al igual que la activación de todas las credenciales.
Por otra parte, se recuerda que el Ministerio Público de la Defensa ha suscripto un convenio de colaboración con el INSSJP-PAMI.
Agencia Nacional de Discapacidad
La ANDIS dictó la Resolución N° 60/2020, con la que estableció la suspensión hasta el 31 de marzo de las siguientes prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad de la Ley N° 24.901, sus modificatorias y complementarias del Programa Federal de Salud Incluir Salud: centros de día, centros educativos terapéuticos, centros de formación laboral, aprestamiento laboral, escolaridad inicial, educación general básica, centros de rehabilitación ambulatorios, presentaciones de consultorios, servicios de estimulación temprana en consultorio y a domicilio, presentaciones de apoyo escolar, módulo de maestro de apoyo, módulo de apoyo a la integración escolar, escuelas especiales y transporte; en todas sus modalidades.
Sin perjuicio de ello, la ANDIS dispuso que durante el plazo de suspensión los centros correspondientes deben garantizar la continuidad de todas las prestaciones alimentarias que se brinden, en lo posible mediante la entrega de viandas.
La Agencia también resolvió que los sistemas alternativos al grupo familiar previstos en la Ley N°24.901, sus modificatorias y complementarias -entendiéndose por tales a residencias, pequeños hogares y hogares con prestaciones combinadas- continuarán presentando los servicios vivienda, alimentación y atención personalizada. Del mismo modo, dispuso que continuarán presentando servicio los centros de rehabilitación con internación, manteniendo todas las prestaciones habituales, con excepción de las arriba enumeradas.
Por otra parte, prorrogó la vigencia de los plazos de vencimiento del Certificado Único de Discapacidad (CUD); además, del troquel de pase de transporte público y del Símbolo Internacional de Acceso, por un plazo de noventa días corridos a partir del 17 de marzo de 2020. Además, la mencionada resolución prorrogó aquellos CUD cuyo vencimiento operó a partir del 16 de febrero de 2020. También informó que las juntas evaluadoras continuarán su funcionamiento con guardias de emergencia para la obtención CUD por primera vez.
Respecto al Certificado Médico Oficial (CMO) o CMO Digital, se estableció que podrá ser presentado hasta noventa días corridos de iniciado el trámite utilizando la opción de trámite a distancia (TAD) de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) o los Centros de Atención Local de ANDIS.
Contacto del Programa sobre Temáticas de Salud, Discapacidad y Personas Mayores
Para consultas sobre estas disposiciones del INSSJP-PAMI y de la ANDIS, puede comunicarse por correo electrónico a las direcciones Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..