El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata dictó condenas por delitos de abuso sexual y trata con fines de reducción a la servidumbre en una causa en la que la Defensoría General de la Nación (DGN) intervino como querellante en representación de seis víctimas. En el caso se juzgó el accionar de quienes integraban una pareja que eran ministros de un culto no reconocido.

Las/os integrantes de la defensa pública que articularon su trabajo de querellantes en el caso fueron la defensora pública oficial Natalia Castro, quien actuó por disposición de la defensora general de la Nación; Marcela Rodríguez, coordinadora del Programa de Asesoramiento y Patrocinio para las Víctimas del Delito de Trata de Personas; y Pablo Rovatti, coordinador del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos. Por otra parte, la defensa oficial también actuó en representación de los imputados, a través de los defensores públicos coadyuvantes Manuel Bailleau, José Galán y Marcela Fabiana Benavides.

Según el fallo, que todavía no se encuentra firme, los imputados habrían aprovechado su condición de ministros de un culto no reconocido y mediante engaño, coerción y el abuso de situaciones de vulnerabilidad, habrían captado a múltiples víctimas para reducirlas a la servidumbre. En ese marco, el falso apóstol también habría cometido abuso sexual agravado contra cuatro mujeres.

En la sentencia unánime, que los jueces Roberto Atilio Falcone, Mario Alberto Portela y Alfredo Justo Ruiz Paz firmaron el 23 de diciembre pasado, Isaías Nelson Hurtado fue condenado a la pena de 24 años y 6 meses de prisión y multa por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por un ministro de un culto no reconocido respecto de cuatro mujeres, en concurso real con el delito de trata de personas mayores de 18 años con fines de reducción a la servidumbre respecto a veinte víctimas. Por su parte, Patricia Soledad Padilla recibió la pena de 10 años de prisión y multa por ser partícipe necesaria del delito de trata. Para este último caso, no se hizo lugar al pedido de detención efectuado por el fiscal hasta que la sentencia quede firme.

Además, por solicitud de la querella, el tribunal fijó indemnizaciones con el propósito de reparar el daño moral que, según indica el fallo, sufrieron las víctimas. Esos montos suman dos millones trescientos mil pesos en total y se pagarían con los fondos resultantes del decomiso de un inmueble, tres automotores, una moto y el dinero de las cuentas bancarias de quienes resultaron condenados en esta instancia; entre otros bienes.

Los jueces también requirieron que las personas declaradas como víctimas, en especial quienes aún siguen siendo menores, reciban asistencia social y psicológica de equipos interdisciplinarios estatales, para superar los traumas producidos a partir de los hechos delictivos que dieron comprobados.

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