El Programa de Asesoramiento y Patrocinio para las Víctimas del Delito de Trata de Personas de la Defensoría General de la Nación representó a una de las víctimas como querellante y actora civil

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4, en integración unipersonal, resolvió condenar a penas de prisión a cinco personas acusadas del delito de trata de personas con fines de explotación sexual agravada en perjuicio de al menos diecisiete mujeres en situación de vulnerabilidad en el prostíbulo Río Cabaña, ubicado en la Avenida Córdoba 4937, en el barrio porteño de Palermo.

La titular del Programa de Asesoramiento y Patrocinio para las Víctimas del Delito de Trata de Personas de la Defensoría General de la Nación (DGN), Marcela Rodríguez, actuó como querellante en representación de una de las víctimas, a quien se garantizó la reserva de su identidad.

La representante de la DGN manifestó que se tenían por acreditados los hechos imputados a los acusados relativos al reclutamiento, captación, recepción, acogimiento, retención, ofrecimiento y venta de mujeres, con fines de explotación sexual, que damnificaron a su representada y a otras dieciséis víctimas. Especificó, además, que los hechos habrían sido cometidos mediante la utilización de engaño, fraude, violencia, amenazas y diversos medios de intimidación y/o coerción y abuso de la situación de vulnerabilidad de las víctimas.

Durante su alegato, Marcela Rodríguez también resaltó que en el caso “se ha vulnerado tanto la libertad en términos de autodeterminación como también la dignidad, la integridad física, psíquica y sexual de las víctimas” precisando que la gravedad de los acontecimientos se manifestó en “el hecho de que el target del prostíbulo Río Cabaña estaba constituido por ‘clientes’/ prostituyentes que también pagaban elevadas sumas de dinero, a los fines de poder acceder a la ‘compra’ de mujeres jóvenes subastadas, y en las cuales el ganador podría someter a la mujer así comprada a prácticas brutales y sádicas, incluyendo el suministro forzoso de drogas y las violaciones, incluso en grupos de varios hombres, durante varios días, privándolas de su libertad y anulando absolutamente su autodeterminación. Los acusados eran quienes organizaban estos mecanismos para su mayor provecho económico y sin la menor compasión por sus víctimas”.

Al finalizar su alegato, la representante de la DGN manifestó: “Creemos, entonces, que la sanción penal y la reparación integral de los daños que ha sufrido mi representada, como así también las demás víctimas por las que ha reclamado el Ministerio Público Fiscal de la Nación, es un paso fundamental no sólo para ellas, sino también para todas las víctimas, pasadas y futuras, de este terrible delito que atenta contra derechos humanos primordiales y constitutivos de la persona como la libertad y la dignidad”.

Rodríguez había solicitado penas de hasta 12 años de prisión para las cinco personas acusadas y reclamó, además, que se indemnizara a su asistida por los daños sufridos como consecuencia de los hechos.

Las penas impuestas por el tribunal oral fueron de ocho años y medio de prisión para el matrimonio dueño del prostíbulo; mientras que a dos gerentes o encargados se les impusieron ocho años de prisión. Una quinta persona, que trabajaba como mozo y ocasionalmente cumplía la función de encargado, fue condenada como partícipe del delito de explotación sexual de la prostitución ajena a tres años de prisión de ejecución condicional.

En cuanto a la acción civil por daños y perjuicios ejercida por la DGN a favor de su representada, cabe destacar que el tribunal ordenó que los condenados paguen $3.800.000 en concepto de reparación. Asimismo, ordenó la reparación de todas las víctimas, incluyendo a la actora civil, por otros conceptos. Otro aspecto para destacar del fallo es que se dispuso el decomiso de dos de los inmuebles utilizados para la perpetración de los hechos, así como de una cuenta de los acusados en Suiza con más de USD 1.500.000.

Tras la lectura del veredicto, la funcionaria de la Defensoría General de la Nación subrayó que “el valor de estas sentencias radica en el reconocimiento de las víctimas y sus derechos, en dar créditos a sus voces, y en garantizar su acceso a la justicia”.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el 26 de septiembre.