La Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación (DGN) tramita en la actualidad un hábeas corpus colectivo a favor de la totalidad de las personas detenidas en los centros dependientes del Servicio Penitenciario Federal (SPF). La acción busca impedir que sean alojados de a dos en celdas individuales, o en sectores comunes cuya finalidad original no era la de funcionar como un pabellón colectivo.
La Comisión interpuso la acción de hábeas corpus colectiva, preventiva y correctiva a favor de la totalidad de las personas alojadas en la órbita del SPF el pasado 20 de diciembre. El caso, tras ser rechazado por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 18 y la Cámara Nacional de Apelaciones, fue presentado ante la Cámara Nacional de Casación Penal. Esta última se declaró incompetente y remitió la causa la Cámara Federal de Casación Penal, la que aceptó la competencia. Finalmente, se determinó por sorteo que el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 3 lleve adelante el caso.
El pasado 29 de abril se realizó una audiencia a la que el Juzgado resolvió convertir en informativa dado que para esa fecha aún no se había resuelto una solicitud presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales, la Procuración Penitenciaria de la Nación y el Comité contra la Tortura para ser tenidos como parte en la acción de hábeas corpus. Allí estuvieron el defensor público oficial Guillermo Todarello y Cyntia Dettano, como representantes de la Comisión de la DGN, para plantear la agravación ilegítima de la forma y condiciones en que se cumple la privación de la libertad debido al objeto del hábeas corpus.
El magistrado y la funcionaria requirieron al Juzgado que cite al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación; además, le informaron acerca de la existencia de la Mesa de Emergencia Penitenciaria, a la cual el tribunal comenzará a concurrir para conocer los avances del diálogo.
Asimismo, la Comisión aclaró que la fijación de un eventual cupo en cada establecimiento del SPF no debe realizarse bajo los parámetros de la emergencia, sino teniendo en cuenta los estándares internacionales en la materia. En ese marco se acordó que el Juzgado fijaría una nueva audiencia en un plazo de 20 días aproximadamente.
Antecedente
El pasado 19 de febrero la Comisión de Cárceles adhirió a una acción de hábeas corpus presentada por Ricardo de Lorenzo, titular de la Defensoría Pública Oficial ante los Juzgados en lo Criminal y Correccional Nº 2, sobre la superpoblación y las condiciones deficientes registradas en el Centro de Detención Judicial (Unidad 28, Alcaidía de Tribunales) y por la construcción de un pabellón colectivo en el gimnasio del Complejo CABA (denominado Pabellón 53), al cual se trasladaron 89 personas que se encontraban en la Unidad 28. En ese marco, el 2 de mayo la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal prohibió el ingreso de nuevos internos al Complejo CABA hasta tanto la cantidad total de alojados sea inferior al cupo declarado en la página web del SPF (1754 personas) y dispuso que se inicie el desalojo del Pabellón 53. Esas actuaciones también se remitieron al Juzgado Federal Nº3, Secretaría Nº 5.