El martes 23 de abril la titular de la Oficina de Acceso a la Información Pública (OAIP) del Ministerio Público de la Defensa, Ornela Mazza Gigena, y la coordinadora del Programa de Salud, Discapacidad y Personas Mayores de la Defensoría General de la Nación (DGN), Rosana Feliciotti, fueron invitadas a dictar una capacitación a personas adultas mayores en la Fundación Navarro Viola.

En el encuentro, la titular del Programa de la DGN expuso los principios, derechos y libertades fundamentales mencionados en la “Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores”. Particularmente, remarcó la importancia del art. 31 de la Convención sobre acceso a la justicia como derecho humano fundamental autónomo, por ser la primera vez en el mundo que se reconoce que “la persona mayor tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter”.

Además, Feliciotti afirmó que la Convención establece que los Estados tienen el deber de garantizar la “debida diligencia y el tratamiento preferencial” a la persona mayor para la tramitación, resolución y ejecución de las decisiones en procesos administrativos y judiciales, en especial, cuando “se encuentre en riesgo la salud o la vida de la persona mayor”, y que es de vital importancia que estas herramientas jurídicas sean mencionadas por la defensa pública en sus peticiones para que los jueces le otorguen prioridad a las sentencias en resguardo del derecho a la salud de la persona mayor.

En cuanto al acceso a la información pública, la “Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores” contempla que “toda persona mayor tiene derecho el acceso a la información en igualdad de condiciones con otros sectores de la población”.

Durante la capacitación se hizo hincapié en el marco normativo interamericano y argentino sobre acceso a la información y se brindaron herramientas prácticas para hacer correctamente un pedido de acceso.

Por otra parte, la titular de la OAIP señaló que “las personas adultas mayores tienen que conocer su derecho de acceder a información que no es propiedad del Estado sino de todos”, y remarcó que el derecho de acceso a la información pública es considerado un derecho humano fundamental, que a su vez cuenta con un carácter instrumental dado que facilita la satisfacción de otros derechos.

Por último, agregó: “Si ustedes quieren conocer, por ejemplo, cuánto presupuesto destina un organismo a un programa social, no necesitan demostrar interés legítimo ni explicar para qué solicitan esa información. Basta con pedirla y se la tienen que entregar”.