Los miembros del Consejo Federal de Defensores y Asesores Generales de la República Argentina, hemos tomado conocimiento por los medios periodísticos de la intención del Poder Ejecutivo Nacional de enviar a sesiones extraordinarias del Congreso de la Nación un proyecto de ley sobre el sistema de responsabilidad juvenil que tiene entre sus premisas bajar la edad de punibilidad.
 
Ante esta posibilidad queremos expresar nuestra enérgica oposición a cualquier proyecto que implique disminuir la edad de punibilidad de los/as niños/as y adolescentes por, entre otras, las siguientes razones:
 
1.- Es irrazonable: cuantitativamente el número de delitos cometidos por esa franja etaria es insignificante, tal como lo indican todas las estadísticas, por lo que la reforma no reduciría los índices de inseguridad.
 
2.- La baja de edad de punibilidad afecta los principios de mínima intervención, de última ratio y viola los principios de progresividad y no regresividad.
 
3.- Correspondería en lugar de disminuir la edad de punibilidad dar cumplimiento a los derechos económicos, sociales y culturales. Un estudio de Unicef reveló que el 48% de los/as niños/as y adolescente son pobres y el mayor porcentaje de infractores integra este porcentaje.
 
4.- La mayoría de los Sistemas Provinciales de Protección de Derechos encuentran serias dificultades para dar cumplimiento a los principios básicos previstos en la Ley N° 26.061, a los que es prioritario fortalecer.
 
5.- El propio Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación por Resolución N° 21/17 creó una comisión integrada por varios especialistas, para analizar el tema que nos ocupa, la que concluyó que corresponde mantener la edad de punibilidad en los 16 años.
 
6.- El contacto temprano con la ley penal no es recomendado por la criminología nacional e internacional.
 
7.- El Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas exhortó al Estado Nacional a que las leyes respecto de los niños/as y adolescentes no incluyan disposiciones que aumenten las penas o reduzcan la edad de responsabilidad penal.
 
Dr. Maximiliano F. Benítez
Coordinador