La Justicia Federal intervendrá en un habeas corpus por agravamiento de las condiciones de detención de presos federales alojados en una cárcel provincial de Catamarca. Así lo dispuso el pasado 11 de julio la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán al fijar la competencia de la Justicia Federal para el tratamiento de las cuestiones vinculadas a las condiciones de detención de un grupo de presos federales alojados en el Penal de Miraflores, departamento de Capayán, del Servicio Penitenciario Catamarca. Los detenidos, acompañados por el defensor público oficial Manuel Moreno, consideraron que la imposibilidad de acceder a un trabajo remunerado, digno e igualitario, entendido como un derecho humano, genera una agravación ilegitima en las condiciones de detención.

El juez federal de Catamarca Miguel Ángel Contreras, en primera instancia, declaró la incompetencia de la Justicia Federal para entender en esta acción de carácter correctivo y colectivo. El magistrado consideró que el acto lesivo provenía de una autoridad provincial. Además, para decidir así, se apoyó en una resolución previa de la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) en un caso similar, en el que también se había negado la competencia federal.

Frente a ese rechazo, el defensor Moreno tramitó la apelación a la que se sumó el cotitular de la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación, Lucas Safarsi. El titular de la defensoría federal de Catamarca argumentó que el fallo de Casación citado por el juez Contreras no se encuentra firme y está en etapa de revisión. Afirmó que al considerar que esa resolución es aplicable al caso, se estaría vulnerando los derechos de debido proceso del colectivo de personas privadas de su libertad que interpusieron la acción (ver apartado).

La defensa pública también sostuvo que las autoridades del servicio penitenciario provincial de Catamarca actuaron en el presente caso como auxiliares de la justicia federal, y que por esa razón correspondía la intervención del fuero. El fiscal general ante la Cámara coincidió con la postura de la defensa pública en que se debía revocar la resolución y declarar la competencia de la justicia federal.

Finalmente, la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán emitió un fallo, que lleva la firma de los jueces Marina Cossio y Fernando Luis Poviña, en el que declaró la competencia de la Justicia Federal para entender en el caso.

Entre sus argumentos, los camaristas consideraron que “los jueces naturales de cada proceso son aquellos que deben monitorear las condiciones en que se lleva a cabo el cumplimiento de las medidas privativas de la libertad por ellos dictadas, sin perjuicio del carácter nacional, provincial o municipal del establecimiento donde las mismas se cumplimenten”. Y agregaron que “si bien los amparados se encuentran alojados en un establecimiento del servicio penitenciario de la provincia de Catamarca, los mismos se hayan a disposición de la justicia federal”.

Decisión revertida
La resolución reciente de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán adquiere relevancia dado que modifica el panorama que había fijado la Sala III de la CFCP el 21 de diciembre de 2017, cuando resolvió en el marco de un habeas corpus colectivo en favor de las personas alojadas en la cárcel provincial de Capayán, Catamarca, que debía otorgarse intervención al Juzgado de Garantías provincial. Contra dicha resolución de la CFCP, la Comisión de Cárceles y la Defensoría Pública Oficial ante la CFCP Nº4 interpusieron un recurso extraordinario federal que fue denegado, por lo que se presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación que actualmente se encuentra en pleno trámite. (Para ver la Resolución de la Sala III CFCP haga click AQUÍ).