La disposición provincial es contraria a la recomendación de prohibición del uso del Electroshock dispuesta por el Órgano de Revisión Nacional en 2014. El organismo, además, reivindica que prácticamente todas las provincias argentinas informaron que abandonaron el uso de esta práctica, cuestionada por organismos internacionales.

El Órgano de Revisión de la Ley Nacional de Salud Mental (ORN) reivindica la adhesión que, a nivel nacional, obtuvo la Resolución Nº 17/14 sobre el uso de Electroshock la cual recomienda la prohibición de esa práctica. Asimismo, el ORN recuerda que solamente dos de las 24 provincias argentinas manifestaron sostener el uso de ese método al momento de emitido el dictamen.

Ante una práctica cuya erradicación fue recomendada por los máximos organismos internacionales de protección de derechos, el Órgano de Revisión rechaza la resolución 01/16 dictada por la Secretaría de Salud Mental y Adicciones de la provincia de Jujuy en la que dispone la implementación de la Terapia Electroconvulsiva (TEC) pese a que la provincia había adherido a la Resolución SE Nº17/14 dictada por este organismo.

En este contexto, el Órgano de Revisión vuelve a manifestar que su función –dispuesta por el artículo 38 de la Ley Nº 26.657– es la de proteger los derechos humanos de las personas usuarias de salud mental de todo el país.