Características y Funciones del Órgano de Revisión de la Ley de Salud Mental
El Órgano de Revisión de la Ley de Salud Mental, en tanto órgano específico de protección de derechos humanos es de carácter multisectorial: su Plenario está formado por representantes del Ministerio de Salud de la Nación, de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y del Ministerio Público de la Defensa. También forman parte del Plenario, asociaciones de familiares de usuarios del sistema de salud, de profesionales y trabajadores de la salud, y de organizaciones no gubernamentales dedicadas a la defensa de los Derechos Humanos. Como tal, el Órgano de Revisión podrá ejercer sus funciones en todo el territorio nacional.
El Órgano de Revisión tiene entre sus funciones:
- Controlar el cumplimiento de la Ley Nacional de Salud Mental, en particular en aquellos aspectos en los que se busca garantizar el cumplimiento de los derechos humanos del sistema de salud mental.
- Velar por el cumplimiento de los derechos de las personas en procesos de declaración de inhabilidad y durante la vigencia de esas sentencias.
- Solicitar información a las instituciones públicas para evaluar las condiciones en que se realizan los tratamientos
- Supervisar las condiciones de internación por razones de salud mental, tanto en el ámbito público como en el privado, de oficio o por denuncia de particulares
- Evaluar la pertinencia de las internaciones involuntarias, que ellas no se produzcan más allá del tiempo mínimo necesario y, en caso de ser pertinente, denunciar irregularidades y apelar las decisiones del juez.
- Controlar que las derivaciones que se realizan fuera del ámbito comunitario se realicen en aquellos casos en los que la persona cuente con mayor apoyo y contención social o familiar.
Además, y para alcanzar el cumplimiento pleno de la Ley, el Órgano de Revisión cumple con:
- Informar periódicamente a la Autoridad de Aplicación sobre las evaluaciones realizadas, proponer modificaciones y realizar recomendaciones.
- En caso de irregularidades de los jueces, hacer presentaciones ante el Consejo de la Magistratura o ante el Organismo que corresponda según cada jurisdicción.
- Proponer modificaciones a la legislación sobre salud mental que tiendan a garantizar los derechos humanos.
- Contribuir a la creación de órganos de revisión provinciales, a través de la generación de espacios para el intercambio, la capacitación y la coordinación para lograr que cada organismo cumpla sus funciones de manera efectiva.