Nombre del peticionante: Jonathan Wesley Stephenson

País: Estados Unidos de América

Defensores/as Interamericanos/as designados/as:

Juan Antonio Serrano Martínez - Argentina Institucional (MPD) – Titular

Wendy Fabiola Guerrero Cortes - México Asociativo (ANADEPE) – Titular


Fecha de designación: 20 de agosto de 2024


Hechos

El Sr. Stephenson fue condenado a muerte por el estado de Tennessee en 1990. Fue declarado culpable por haber instigado el homicidio de su esposa, que fue cometido por otro hombre a cambio de un precio. Tras su condena, y luego de un largo y enredado iter judicial que duró 12 años, su pena de muerte fue reemplazada por una prisión perpetua sin libertad condicional. Sin embargo, luego de dicha decisión, otro tribunal revocó dicho reemplazo y volvió a pesar sobre Stephenson una pena de muerte. Desde el año 2002 que se encuentra en el corredor de la muerte. Frente a la proximidad de su ejecución, interpuso una medida cautelar ante la CIDH para que se la detenga.

 

En el mes de febrero de 2024, la CIDH puso en conocimiento a la AIDEF sobre el caso del Sr. Stephenson, y consultó si la Asociación podía llegar a brindarle representación legal de manera excepcional en el marco de la tramitación de la medida cautelar interpuesta. Ello, debido a que los casos en los que la AIDEF interviene, en virtud de su acuerdo con la CIDH, son aquellos que se encuentran en etapa de fondo; tras el dictado del informe de admisibilidad. En el mes de marzo de 2024 se sometió la cuestión al Comité Ejecutivo de la AIDEF; sus miembros se habrían mostrado proclives a aceptar el caso de manera excepcional, pero que, a futuro, debería instrumentarse un acuerdo entre la AIDEF y la CIDH para actuar en casos de medidas cautelares. Tras ello, no se oficializó ni la aceptación ni la designación de ningún defensor público interamericano.

En agosto de 2024 la CIDH volvió a comunicarse con la AIDEF, e hizo saber que se reanudarían las ejecuciones en el estado de Tennessee, tras una suspensión de a partir de la revisión del protocolo con el que se llevan a cabo. Por lo tanto, frente al pronóstico que fijen fecha de ejecución en breve, volvieron a consultar si la Asociación estaba dispuesta a otorgarle a Stephenson asistencia legal. Se sometió de vuelta al Comité Ejecutivo la cuestión. Tras no recibir objeciones, se procedió a designar a las defensoras públicas interamericanas que lo representarán, así como también dar aviso a la CIDH de todo ello.

La CIDH acusó recibo de la aceptación y asignación de DPIs; así como también lo hicieron las propias DPIs. Se celebró una reunión en la cual participó el Área de Relaciones Internacionales, junto con la CIDH y las DPIs en la cual se abordó cómo es que se seguirá adelante con este caso.