El pasado 20 de mayo, el Juzgado Federal de Mercedes ordenó la reanudación de las obras para el saneamiento del Basural a Cielo Abierto (BCA) de Luján. La decisión se adoptó a partir de un pedido que realizó la defensa pública para dejar sin efecto una medida cautelar que suspendía la ejecución del proyecto Centro Ambiental Luján (CAL).
En representación de los vecinos del Barrio San Pedro, interviene en el caso la Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Mercedes, cuya titular es la Dra. Verónica Vieito, con la colaboración del Programa de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) de la Defensoría General de la Nación, coordinado por el Dr. Sebastián Tedeschi.
La decisión, que lleva la firma del juez Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, también encomendó al Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires la supervisión de la ejecución de la obra, en miras al cumplimiento de ciertos condicionamientos. Asimismo, le requirió a la autoridad provincial que elabore informes para cada una de las etapas del trabajo que se cumplan, a fin de evaluar su efectividad.
El pedido de la defensa pública se basó en que, respecto del momento inicial que dio lugar al dictado de la medida cautelar, el 21 de abril de 2023, sucedió un agravamiento especial en la afectación de derechos de los vecinos y vecinas. Además, desde entonces, también hubo modificaciones respecto a la ejecución del CAL. El cambio de estas circunstancias generó que se decidiera la improcedencia de continuar con la suspensión provisional de las obras.
Al momento en que se dictó la medida cautelar, que ahora se dejó sin efecto, la Municipalidad de Luján ejecutaba el proyecto de construcción del CAL y el saneamiento del BCA, con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). La obra contaba con la declaración de “ambientalmente apto” por parte del Ministerio de Ambiente. Sin embargo, la justicia frenó la obra en base a informes técnicos elaborados por consultores ambientales de parte de la Asociación Civil nuevo Ambiente y la ONG REPSUS. Esas evaluaciones advirtieron falencias socio ambientales para la instalación del relleno sanitario en el predio Sucre e incertidumbres respecto al saneamiento integral del BCA, planteaban que se podría generar un riesgo aún mayor al de la situación por entonces presente si se seguía con el vuelco de residuos a cielo abierto durante las tareas de saneamiento proyectadas.
Ahora el equipo de la defensa pública acreditó el cambio de esas circunstancias mediante la afirmación vertida en el expediente por parte de la autoridad ambiental de la Provincia de Buenos Aires respecto a que “la continuidad del proyecto es la mejor opción en beneficio del ambiente y de las personas, considerado como un trabajo trascendental y con un impacto positivo para la Provincia”.
Asimismo, en su pedido para levantar la cautelar citó un informe que emitió la Defensoría del Pueblo de la Nación en el que sostuvo: “Estimamos como mejor solución la pronta reanudación de las tareas para que cesen las vulneraciones de los derechos de las personas del Municipio de Lujan en general y muy especialmente de aquellos que habitan en el entorno de los predios afectados al Proyecto.”
Además, la presentación de la Dra. Vieito afirma que la construcción del CAL ha avanzado cumpliendo con los condicionamientos establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto y se requiere una mayor progresión en la obra para aumentar el grado de ese cumplimiento. También sostuvo que esta obra fomenta la inclusión social de los recuperadores informales e implica un cambio beneficioso en sus condiciones de trabajo, sus ingresos y el acceso a derechos.
A partir de su exposición, la defensa pública concluye que “la paralización de las obras en el CAL resulta una medida desproporcionada que lesiona gravemente los intereses del pueblo de Luján.” Además, advierte que dicha medida “pone en riesgo el financiamiento de la obra del CAL y el Cierre Técnico del BCA, lo que implicaría que el Estado Nacional deba cubrir los gastos ya efectuados y financiados a través del BID.”
Por su parte, las entidades que oportunamente solicitaron el establecimiento de la medida cautelar rechazaron su levantamiento con el argumento de que “equivale a convalidar que se continúe con el vuelco indiscriminado de residuos en el BCA”.
Frente a ello, el juez sostuvo que se configuró un cambio en las circunstancias respecto al momento en que se ordenó la medida cautelar. Asumió que la paralización de las obras conlleva a que se suspendan los desembolsos internacionales pactados para invertir en infraestructura ambiental, la posibilidad de afrontar futuros reclamos judiciales y poner en crisis la política de erradicación de basurales a cielo abierto en nuestro país.
El magistrado, frente a la posibilidad de cancelar el CAL en el predio Sucre sin más alternativas operativas para el mejoramiento del ambiente, coincidió con lo planteado por la Sala II de la Cámara en que “el posible perjuicio que podría ocasionar la continuidad del proyecto resultaría sensiblemente menor en comparación a la actual situación ambiental o al agravamiento que podría darse por la suspensión del avance de las obras.” Por eso resolvió ordenar la continuidad de la obra, condicionada al estricto cumplimiento de los requisitos establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental.