El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, órgano internacional que monitorea el efectivo cumplimiento de Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), elaboró la Recomendación General 39, que trata sobre los derechos de las mujeres y las niñas indígenas.

En el documento se abordan diversos aspectos relativos a las obligaciones generales de los Estados parte y las dimensiones específicas de los derechos de las mujeres y las niñas indígenas relativas a los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA). La Recomendación aplica para mujeres, jóvenes y niñas indígenas que habitan dentro y fuera del territorio comunitario.

El documento resalta el rol de las mujeres indígenas como líderes, portadoras de conocimiento y cultura para sus comunidades y el mundo. También se las reconoce como víctimas de diversas formas de discriminación interseccional que, de acuerdo con el Comité, debe entenderse “en el marco de la naturaleza multifacética de su identidad”.

Si bien, por su trascendencia, es recomendable la lectura integral del documento, los elementos que se destacan son los siguientes:

Por considerar que la discriminación específica contra mujeres y niñas indígenas es interseccional, el Comité recomienda a los Estados a llevar adelante medidas que integren una perspectiva de género de igual característica, que sean interculturales y multidisciplinarias; y que, además, den cuenta de una comprensión integral de las normas que resultan discriminatorias, de lo históricamente estructurado y de la creación de estereotipos que sufren las mujeres y niñas indígenas.

En relación al acceso a la justicia, se destaca en el documento la observación y recomendación acerca del enfoque multidisciplinario e integral para garantizar un acceso efectivo, libre de discriminación racial o de género y sin prejuicios ni estereotipos.

A su vez, el Comité resalta la necesidad de formar a funcionarios/as de la justicia en materia de derechos de las mujeres y las niñas indígenas, identificando una dimensión individual y otra colectiva. También recomienda a los/as agentes tener en cuenta el respeto por las diferentes concepciones de la justicia que tienen los sistemas indígenas y no indígenas, así como ejercer la escucha y la colaboración.

Otra medida importante incluida en la Recomendación General 39 es la de garantizar que los sistemas de justicia incluyan intérpretes, antropólogos, psicólogos y profesionales de la salud capacitados en la materia; además de garantizar su gratuidad y calidad, entre otras.

Además, la Recomendación General 39 realiza una diferenciación entre la dimensión individual y colectiva de la discriminación contra mujeres y niñas Indígenas y sus efectos. El documento señala que, en su dimensión colectiva, “la discriminación, junto con la violencia de género contra las mujeres y niñas Indígenas amenaza y perturba su vida espiritual, su conexión con la Madre Tierra, la integridad y la supervivencia de la cultura y el tejido social de las comunidades y los Pueblos Indígenas”.

El documento también desarrolla diversas recomendaciones relativas a los DESCA, entre los que menciona el derecho a la educación (arts. 5 y 10), al trabajo (art. 11 y 14), a la salud (arts. 10 y 12), a la cultura (arts. 3, 5, 13 y 14), el derecho a la tierra, al agua, al territorio y a los recursos naturales. Asimismo, el derecho a un ambiente limpio, sano y sostenible, entre otros.

Para mayor información sobre el rol del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y cuestiones relativas a esta Recomendación General, siga este enlace.