En el día de la fecha, la defensora general de la Nación, Stella Maris Martínez, adhirió mediante Resolución DGN N° 482/2020 a lo dispuesto en el punto 2º de la Acordada CSJN Nro. 19/2020 y, en consecuencia, dispuso el levantamiento de la feria extraordinaria establecida por la Resolución DGN N° 329/2020 (y prorrogada por las Resoluciones DGN N° 347/2020, 360/2020, 392/2020, 418/2020, 447/2020 y 471/2020) para las siguientes dependencias de este Ministerio Público de la Defensa:

  • Bahía Blanca: Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de Santa Rosa.
  • Comodoro Rivadavia: Defensoría Pública Oficial ante el TOCF de Tierra del Fuego AEIAS, Defensoría Pública Oficial ante el TOCF de Santa Cruz, Defensoría Pública Oficial ante el TOCF de Comodoro Rivadavia y Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de Ushuaia.
  • Córdoba: Defensoría Pública Oficial ante el TOCF de La Rioja y Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de San Francisco.
  • Mendoza: Defensoría Pública Oficial ante los Tribunales Federales de Primera y Segunda Instancia de Mendoza, Defensoría Pública Oficial ante el TOCF de San Juan y Defensoría Pública Oficial ante el TOCF de San Luis.
  • Rosario: Defensoría Pública Oficial ante el TOCF de Santa Fe.
  • Tucumán: Defensoría Pública Oficial ante el TOCF de Catamarca y Defensoría Pública Oficial ante el TOCF de Tucumán. 

Asimismo, Martínez prorrogó, respecto a las dependencias mencionadas, el esquema de licencias aprobadas en los puntos III y IV de la Resolución DGN N° 286/2020, con los parámetros fijados en el punto II de la Resolución DGN N° 418/2020. Dichas licencias serán otorgadas al solo fin de evitar la presencia física del/de la agente en su lugar de trabajo, quien prestará servicio en forma remota, sin que ello afecte la validez de los actos que cumplan.

Respecto a la licencia por hijo/a menor de edad que concurre a establecimiento educativo, regirá únicamente en aquellas localidades donde no se hayan retomado las clases presenciales en el sistema educativo -el/la titular de la dependencia deberá certificar dicha cuestión al momento de elevar la solicitud de licencia del personal-. Además, dispuso que, respecto del personal y de las dependencias enumeradas de la presente, resultan plenamente vigentes y aplicables los parámetros y medidas dispuestas en los puntos VI, VII, VIII, X, XI y XV de la Resolución DGN N° 418/2020.

La máxima autoridad de la institución, exhortó a todos/as los integrantes de este Ministerio Público de la Defensa que prestan servicio en las localidades donde la feria se ha levantado, sobre la imperiosa necesidad de reducir la circulación y no utilizar -en lo posible- el transporte público, por lo que se les recomienda, nuevamente, evitar la concurrencia a las dependencias -salvo que sea estrictamente necesario- y disponer esquemas de trabajo y atención remotos. 

La defensora general recuerda a todos/as los integrantes de este Ministerio Público de la Defensa que prestan servicio en las localidades enumeradas en el punto I de la presente, que en caso de necesitar trasladarse para cumplir sus funciones, deberán tramitar el “Certificado de Circulación - Coronavirus COVID-19” a través de la página www.argentina.gob.ar/circular, cuyo instructivo se aprobó por Resolución DGN N° 447/2020. De igual forma, exhortó a todos/as los integrantes de este Ministerio Público de la Defensa del deber de cumplir con las medidas sanitarias y de prevención establecidas en el punto VI de la Resolución DGN N° 418/2020.

Para finalizar, Martínez hace saber a los/as titulares de las Defensorías Públicas Oficiales que actúan ante las Cámaras Federales de Apelaciones de Bahía Blanca, Comodoro Rivadavia, Córdoba, Mendoza, Tucumán y Rosario que deberán informar a la Secretaría General de Superintendencia y Recursos Humanos toda decisión que adopten las Cámaras Federales en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 6º) de la Acordada CSJN Nro. 19/2020.