El 23 de octubre, tras varios encuentros, se firmó un acuerdo de solución amistosa entre el Estado Nacional y Olga Díaz, víctima de violencia de género. En el acuerdo, iniciado por una comunicación de la Defensoría General de la Nación al Comité de la Convención Internacional para la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW), el Estado argentino reconoce su responsabilidad internacional por el deficiente tratamiento judicial dado al caso de Olga Díaz, que significó una vulneración de tratados internacionales que fijan el deber de los funcionarios de actuar diligentemente para prevenir la violencia de género.

En diciembre de 2017, la defensora general de la Nación, Stella Maris Martínez, en representación de Olga Díaz, denunció que el Estado argentino no actuó de conformidad con la obligación de debida diligencia reforzada para prevenir hechos de violencia de género contra la mujer, en especial en la tentativa de femicidio sufrida por la víctima el 24 de marzo de 2017 a manos de su ex pareja. Esta falta de protección tuvo lugar pese a que las autoridades estatales tenían conocimiento fehaciente de la situación de riesgo en la que la víctima se encontraba.

Previo a la firma del acuerdo, magistrados y funcionarios de la DGN explicaron a Olga Diaz los alcances que tiene el convenio. En ese marco, la mujer manifestó que “hoy es un día muy importante. Me gustaría ser la voz de las que ya no pueden hablar. Esas mujeres no fueron escuchadas y yo fui una de ellas. Soy tan solo una sobreviviente”. “Me tocó ser peloteada por el sistema y gracias a que no me rendí hoy estoy viva. En la DGN encontré la contención y la representación que no tuve en ninguna parte. A veces se piensa que por ser defensores oficiales son malos, y sin embargo yo encontré personas con alto nivel jurídico y lo más importante es que se ponen en el lugar del otro”, expresó.

Por su parte la defensora general afirmó que, con la firma de este convenio, “se ha reconocido el derecho de una víctima que ha salvado su vida milagrosamente. Es una satisfacción moral que el Estado reconozca su responsabilidad. Estos casos pasan porque en el fondo todavía existe el prejuicio machista de que las mujeres mentimos. En la medida en que no se deconstruya esto que forma parte del imaginario popular, siempre vamos a encontrarnos con que las denuncias de las mujeres se minimizan”, analizó. Durante la firma del convenio también estuvieron presentes el secretario de Derechos Humanos de la Nación, Claudio Avruj (como representante del Estado argentino en el caso ante la CEDAW) y funcionarios y funcionarias de dicha Secretaría, así como del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación.

A partir de este acuerdo entre el Estado y la víctima, el Estado se compromete a brindarle a Olga del Rosario Díaz una reparación pecuniaria, cuyo monto será fijado por un tribunal arbitral. Además, la Subsecretaría de Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación pone a su disposición un equipo interdisciplinario para brindarle asistencia integral, incluida la asistencia técnica para el acceso a derechos sociales, subsidios o reconocimientos que puedan corresponder a favor suyo y de sus hijos.

Por otra parte, el acuerdo prevé la adopción de otras medidas, destinada a mejorar el acceso a la justicia a mujeres víctimas de violencia. En este orden, el Estado argentino se compromete a: 

1 Elaborar y publicar un documento con “Principios Generales de Actuación”, dirigido a los operadores del Poder Judicial de la Nación y el resto de los actores que intervienen en la gestión de denuncias de violencia de género, a fin de generar buenas prácticas en la atención de este tipo de casos.

2 Capacitar a jueces y personal policial sobre el deber de prevenir, investigar y sancionar la violencia de género y sobre los efectos negativos que tienen los estereotipos de género en la tramitación de las denuncias de estos hechos.

3 Convocar a organismos con competencia en la atención de casos de violencia de género para la formulación de un Protocolo de articulación institucional. Ante la falta de un fuero especializado, con este Protocolo se espera una mejor coordinación de los organismos que intervienen en la gestión de las denuncias, a fin de evitar la reiteración innecesaria de las declaraciones de las víctimas y minimizar la revictimización de las denunciantes; así como mejorar los canales de diálogo y articulación entre los distintos juzgados que atienden los reclamos.

4 Incluir la evaluación de conocimientos sobre cuestiones de género y violencia contra las mujeres en los concursos para cubrir cargos en el Poder Judicial de la Nación, y confeccionar un registro público de denuncias presentadas contra magistrados/as por situaciones vinculadas a violencia de género, en el que conste el trámite impartido a esas denuncias.

5 Comunicar el acuerdo de solución amistosa a los juzgados y tribunales con competencia en materia de familia o penal que intervienen en denuncias de violencia de género, ubicados en la Ciudad de Buenos Aires.


EL CASO

La violencia por motivos de género sufrida por Olga del Rosario Díaz data del año 2002 cuando, al tomar conocimiento de una infidelidad de su pareja, intentó separarse. Sin embargo, éste lo impidió mediante la agresión física, amenazas de muerte y golpes a la menor de sus hijas. Estos hechos fueron denunciados y se inició una causa penal cuyo trámite estuvo paralizado durante quince años. Los episodios de violencia volvieron a recrudecer en el año 2008, y se intensificaron en diciembre de 2016 cuando ella decidió irse a vivir con una de sus hijas. El 24 de marzo de 2017, el señor P. apuñaló en su hogar a la señora Díaz, quien no contaba en ese momento con ningún dispositivo o medida judicial de protección a pesar de las numerosas denuncias que había hecho a lo largo de los años. En ese episodio también atacó a su hijo que intentó defender a su madre, y a vecinos y personal policial que intervinieron.

A raíz del ataque que casi termina con su vida, se inició una nueva causa penal que ordenó la acumulación de las causas penales previas -en las que no se había registrado ningún avance- y dictó la prisión preventiva del imputado. El 6 de diciembre de 2017, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional No. 21 de la Capital Federal condenó a P. a 20 años de prisión por tentativa de homicidio agravado por haber sido cometido contra su ex pareja y por mediar violencia de género en concurso con tentativa de homicidio agravado por haber sido cometido contra su hijo, amenazas coactivas con armas en tres ocasiones y resistencia a la autoridad, lesiones y amenazas coactivas.