El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 46 dictó el procesamiento sin prisión preventiva de seis gendarmes por lesiones leves, agravadas por el abuso de su condición de miembros de una fuerza de seguridad. Lo hizo, entre otros elementos, a partir de la acusación formulada por el Ministerio Público Fiscal y de la imputación que presentaron los abogados Pablo Rovatti, Defensor Público Coadyuvante a cargo del Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos de la Defensoría General de la Nación (DGN), y Luciano Hazan, Secretario Letrado a cargo del Programa contra la Violencia Institucional de la DGN, querellantes en representación de uno de los niños que integró el grupo de víctimas de la agresión armada, el 29 de enero de 2016, en la Villa 1-11-14, durante el ensayo de la murga “Los Auténticos Reyes del Ritmo”.

Según la resolución del Juzgado, en la fecha señalada, alrededor de las 21 h, una grúa de la Policía Federal escoltada por dos patrulleros de Gendarmería Nacional, que intentaba ingresar al barrio en busca de dos vehículos, no pudo avanzar debido a la presencia de la murga. Ante la tardanza para abrir el paso, efectivos de la Gendarmería “comenzaron a disparar con armas de fuego reglamentarias contra la gente presente en el lugar”, provocando lesiones por el impacto de postas de goma a un niño de ocho años, un adolescente de catorce y tres adultos.

Esos hechos implicaron un grave abuso de su posición de miembros de las fuerzas de seguridad, mediante el ejercicio de violencia injustificada contra un grupo de niños, niñas, adolescentes, hombres y mujeres que ensayaban en el lugar. En el procesamiento se consideró acreditado que los gendarmes conocían de antemano la presencia de la murga en el lugar y decidieron no obstante tomar esa vía de ingreso, a pesar de la existencia de caminos alternativos.
El juez de instrucción, Jorge Anselmo De Santo, decretó el procesamiento sin prisión preventiva y el embargo sobre el dinero y/o bienes del Sargento de Gendarmería Nacional Elvio Exequiel Cardozo,  Cabo Darío Fernando Soler Páez, Cabo Saúl Humberto Juárez, Cabo Esteban Rafael Smolares, y Gendarmes Guido Eliel Cativa y Yanina Soledad Maldonado.

Teniendo en cuenta que la querella había solicitado la imputación por un delito más gravoso (“vejaciones agravadas por el empleo de arma de fuego, en concurso ideal con el delito de lesiones gravísimas agravadas por mediar abuso de las funciones de miembros integrantes de las fuerzas de seguridad, en grado de tentativa, en concurso ideal con lesiones leves consumadas, calificadas del mismo modo”) y que el juez se pronunció en los términos señalados, los representantes de la DGN  presentarán un recurso de apelación, impugnando esa calificación jurídica.